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NECESARIOS MAYORES CANALES PARA LA EXPRESIÓN CIUDADANA: CARRASCO DAZA

4 /marzo /2013 / Sala Superior 17/2013

México, D.F.

  • El Estado tiene la obligación de informar sobre el debate político, como derecho a la información

Constancio Carrasco Daza, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aseguró que en la actualidad los ciudadanos están exigiendo más canales de expresión de sus ideas en materia político-electoral, aspecto que representa uno de los grandes retos en materia de derechos político-electorales.

En entrevista en el programa Justicia electoral a la semana, conducido por la periodista Guadalupe Juárez, el Magistrado se refirió a los derechos político-electorales del ciudadano, a los que definió como una prerrogativa para poder participar en el proceso de renovación de los poderes públicos, a través del ejercicio de los derechos de asociación, y de votar y ser votados.

El derecho a la información, dijo, está vinculado de manera directa al derecho político-electoral, por ello el Estado tiene la obligación de informar a los ciudadanos sobre el debate político.

Indicó que el abanico de los derechos político-electorales se ha ampliado también al de la información, pues “no se puede hablar de manera aislada de un sistema de protección de derechos, si no hablamos de manera coordinada del derecho de los ciudadanos a estar informados, de la obligación que tiene el Estado de informarles sobre el debate público”, señaló el Magistrado electoral.

Carrasco Daza explicó que en la actualidad los medios de impugnación que promueven los ciudadanos ante los tribunales electorales locales y el federal no se reducen al ejercicio del voto, sino que abarcan otras áreas, como la obtención de información con respecto a las decisiones de la vida interna de los partidos políticos, su padrón de afiliados y los procesos internos de selección de candidatos.

En dos décadas se consolidó la tutela de los derechos político-electorales
Al hacer un recuento sobre la manera en que ha evolucionado la protección de los derechos ciudadanos en materia político-electoral en el país, el magistrado Carrasco Daza recordó que antes de 1996 no existía tutela judicial para ellos.
Mencionó que a partir de la reforma constitucional al artículo 99, que se llevó a cabo en ese año, se estableció la posibilidad de acudir a los órganos jurisdiccionales para denunciar la violación a estos derechos. “En dos décadas hemos consolidado las posibilidades de que los ciudadanos exijan, a nivel jurisdiccional, la tutela de esos derechos”.

El Magistrado de la Sala Superior agregó que la reforma constitucional, del 10 de junio de 2011, estableció la obligación de todas las autoridades del sistema jurídico de proteger los derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales que México ha adoptado.

Gobierno de jueces debe privilegiar protección a derechos humanos

Constancio Carrasco Daza manifestó que el mandato derivado de la reforma al artículo 1º de la Constitución federal implica la obligación, para los jueces, de interpretar las leyes electorales con el fin de favorecer la protección más amplia de los derechos políticos de los ciudadanos.

“Estamos viviendo la época de los jueces, del gobierno de los jueces. Y esto es muy importante destacarlo. La confección que hoy tiene nuestro artículo 1° constitucional, en cuanto al mandato a los jueces, establece la obligación de favorecer la interpretación y la protección más amplia de estos derechos”, puntualizó el magistrado Carrasco Daza.


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