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LA SALA REGIONAL DISTRITO FEDERAL DESECHA DEMANDA DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL RELACIONADA CON LA ELECCIÓN MUNICIPAL DE TERRENATE ,TLAXCALA

15/agosto /2013 / Sala Regional Ciudad de México 38/2013

México, D.F.

En su sesión pública del día de hoy, la Sala Regional Distrito Federal, resolvió 2 Juicios de Revisión Constitucional Electoral y 1 Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.

En uno de los asuntos, la Sala Regional resolvió desechar la demanda, que promovió el Partido Revolucionario Institucional, para combatir el acuerdo que dictó la Sala Unitaria Electoral Administrativa del Estado de Tlaxcala, en el toca electoral 352/2013, relacionado con la elección de munícipes de Terrenate Tlaxcala, por el cual determinó no admitir diversos escritos que presentó ese partido político, como pruebas supervenientes.
Lo anterior, porque el Pleno de la Sala Regional Distrito Federal, consideró, que el acuerdo impugnado por el Partido Revolucionario Institucional, no tiene la naturaleza de un acto definitivo y firme, en razón de que aún no se resuelve el fondo de ese asunto que promovió ante la Sala Unitaria Administrativa de ese Estado.
En otro asunto, que promovió la coalición “5 de mayo” para impugnar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla que resolvió el recurso de apelación relacionado con un procedimiento especial sancionador, con motivo de la queja presentada en contra de Rafael Moreno Valle Rosas, Gobernador del Estado de Puebla y Antonio Gali Fayad, presidente municipal electo en el municipio de Puebla, por presuntos actos anticipados de campaña. La Sala Regional Distrito Federal resolvió confirmar dicha sentencia.
Lo anterior, porque el Pleno de la Sala Regional consideró que los agravios planteados por la coalición actora, no estaban encaminados a cuestionar la resolución impugnada y en un Juicio de Revisión Constitucional Electoral como el que promovió la actora, no procede la suplencia de la deficiencia en los planteamientos de agravio.
En un diverso asunto que promovió un ciudadano para controvertir una sentencia del Tribunal Electoral del Distrito Federal, en la cual se resolvió que ese ciudadano carecía de interés jurídico para promover ante ese tribunal electoral un medio de impugnación relacionado con la validez del proceso y entrega de la constancia de mayoría al Presidente y Secretario General del Comité Directivo del PRI en el D.F. El Pleno de la Sala Regional Distrito Federal, resolvió tener por no presentada la demanda.
Lo anterior, porque el ciudadano actor se desistió del juicio ciudadano que promovió ante la Sala Regional Distrito Federal, para impugnar esa sentencia.

NECESARIO GARANTIZAR LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE TODOS EN MATERIA ELECTORAL: ALANIS FIGUEROA

8 /abril /2013 / Sala Superior 36/2013

México, D.F.

• Las candidaturas independientes abren la ventana a otro tipo de participación política

Participar en la toma de decisiones de los asuntos públicos del Estado es un derecho humano, es el ejercicio de una de las libertades esenciales de las personas; de ahí la importancia de reglamentar y fortalecer en la legislación, a nivel federal y local, la figura de las candidaturas independientes, aseguró la magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, María del Carmen Alanis Figueroa.

Entrevistada en el programa del TEPJF Justicia electoral a la semana, que se transmite por el Canal Judicial y conduce la periodista Guadalupe Juárez, la Magistrada señaló que el tema de las candidaturas independientes abre una ventana a otro tipo de participación.

"Estamos acostumbrados, en toda nuestra historia electoral contemporánea, exclusivamente a candidatos y partidos políticos. Yo creo que las candidaturas independientes son el reflejo de una ciudadanía que quiere participar. Tienes un ámbito nuevo y plural de participación política, sin duda", subrayó.

Alanis Figueroa señaló que la inclusión de las candidaturas independientes en las elecciones va de la mano con la consolidación de los sistemas democráticos en el mundo, con el reconocimiento y la protección de los derechos políticos de las personas.

Señaló que en México el tema es reciente, pues se acaban de reconocer en la Constitución federal y todavía existe un problema, un conflicto de normas para varias entidades del país; sin embargo, destacó el esfuerzo realizado por las legislaturas de Durango, Michoacán, Quintana Roo y Zacatecas.

La magistrada Alanis Figueroa mencionó el caso de Jorge Castañeda y con él la relevancia que han tenido las interpretaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral en casos concretos. “Hoy, con la reforma a la Constitución se reconoce el derecho humano de los ciudadanos a postularse, sin que necesariamente sea a través de los partidos políticos, a un cargo de elección popular”, apuntó.

Congresos, obligados a establecer condiciones de igualdad a candidatos independientes
Durante la entrevista dijo que los Congresos deben reglamentar aspectos esenciales para asegurar la igualdad de oportunidades sobre las condiciones de participación de los ciudadanos como candidatos independientes y, como lo ordena la Constitución, los requisitos para ello deben ser razonables.

Todos los estados y la Federación, agregó la Magistrada, están obligados a reglamentar las candidaturas independientes a más tardar en agosto. Por ello, se deben establecer los mínimos requisitos para asegurar la materialización de ese derecho; entre ellos, definir un sistema de medios de impugnación, garantizar la participación en condiciones de igualdad, así como el porcentaje mínimo para su registro.

Manifestó que el debate en torno a las candidaturas independientes es fundamental, toda vez que están definiendo temas como la proporción de ciudadanos, el padrón electoral, el número de candidaturas que pueden presentarse a cada cargo de elección y el acceso a los tiempos del Estado en medios de comunicación, ya que el actual modelo de comunicación política no se diseñó para candidaturas independientes, sino para partidos.

“Sin duda es un paso que México tenía que dar. En los sistemas democráticos de vanguardia, hoy por hoy, no te puedes dar el lujo de restringir de manera irracional el ejercicio de los derechos humanos”, concluyó la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa.


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