header

SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA LISTA DEFINITIVA DE CANDIDATOS A DIPUTADOS LOCALES DE RP DEL PAN EN EL ESTADO DE VERACRUZ

19/septiembre/2013 / Sala Regional Xalapa 43/2013

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 • Sala Xalapa determina cambio de ganador en la elección de diputados por MR del Distrito XXI con sede en Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca.

• Sala Regional Xalapa confirma sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, relativas a la elección de los Ayuntamientos de San Rafael, Tres Valles, Cuitláhuac, Omealca, Acula, Cuautitlán, Tlacojalpan, Soteapan, Tlapacoyan y Úrsulo Galván.

En sesión pública de resolución de diecinueve de septiembre del año en curso, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio ciudadano 662 de este año, promovido por Miguel Ángel Yunes Linares y Omar Enrique Guzmán Avilés, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEPJEV) que a su vez, había confirmado la lista definitiva de candidatos a diputados locales de representación proporcional aprobada por la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Acción Nacional (PAN).

Lo anterior, dado que los Magistrados electorales federales calificaron de inoperantes los agravios que los promoventes hicieron valer, con los que pretendían alcanzar un mejor lugar en la lista definitiva de candidatos del referido instituto político, con base en los resultados obtenidos en el proceso interno de selección.

Ello, porque se trató de un conflicto derivado del procedimiento electivo interno del Partido Acción Nacional que, conforme al Código local de la materia, se ubica en la etapa de preparación de la elección, la cual culminó al iniciar la etapa de la jornada electiva.

Atendiendo a lo anterior, resultó aplicable el principio de definitividad de las etapas del proceso electoral y por ende, no es válido regresar a las etapas que han cobrado dicho carácter, sin que haya causa que justifique alguna excepción; toda vez que los actores, tuvieron acceso a la justicia a través de los medios de impugnación que en su momento hicieron valer, y de los que obtuvieron las correspondientes resoluciones de fondo; aunado a ello, hubo una pasividad de dichos promoventes, pues de autos no se observó que éstos hubieran presentado alguna excitativa al propio órgano partidista; o en su caso, algún medio de impugnación jurisdiccional para que se emitiera pronta resolución, a fin de que su situación jurídica quedara resuelta antes del inicio de la etapa de la jornada electoral.

En el mismo fallo, los Magistrados federales determinaron amonestar al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional por no haber sido diligente para resolver de manera pronta el medio de impugnación intrapartidista que representaba un conflicto interno que se dio dentro de la etapa preparatoria del proceso electoral; y que fue resuelto pasada la etapa de la jornada electiva.


Sala Xalapa determina cambio de ganador en la elección de diputados por MR del Distrito XXI con sede en Santiago Juxtlahuaca, Oaxaca.

Al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 203 de este año, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), la Sala Regional Xalapa revocó el desechamiento decretado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Oaxaca en el recurso de inconformidad uno del año en curso, promovido contra los resultados de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa para el Distrito XXI de dicha entidad, con sede en Santiago Juxtlahuaca.

Lo anterior, al acreditarse las circunstancias que impidieron al promovente presentar su impugnación ante la sede administrativa, además de haberse declarado fundado el agravio en el cual se cuestionaba la validez de la votación recibida en la casilla 1641 C-1, pues la diferencia máxima del error que existió en la computación de los votos fue mayor a la diferencia entre el primero y segundo lugar de la casilla.

Por lo anterior, los Magistrados federales declararon la nulidad de la votación recibida en la casilla impugnada, la recomposición del cómputo de la elección de diputados por el principio de mayoría relativa del Distrito XXI y, en consecuencia, al advertirse la existencia de un cambio de ganador, se revocó la constancia de mayoría otorgada a la fórmula de candidatos postulados por la coalición Unidos por el Desarrollo, se confirmó la validez de la elección respectiva, y se ordenó al Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca que expida la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por la diversa coalición Compromiso por Oaxaca.


Sala Regional Xalapa confirma sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz, relativas a la elección de los Ayuntamientos de San Rafael, Tres Valles, Cuitláhuac, Omealca, Acula, Cuautitlán, Tlacojalpan, Soteapan, Tlapacoyan y Úrsulo Galván.

En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz en los juicios ciudadanos 669, 676 y los juicios de revisión constitucional electoral 193, 195, 196, 210, 211 y 227, todos del presente año, al considerarse como infundados o inoperantes los planteamientos de los actores, según cada caso.

En el juicio ciudadano 669, promovido por Haydee Posadas Capitaine, se confirmó la asignación de regiduría por el principio de representación proporcional en el municipio de San Rafael.

En el 676, promovido por Rosa Reyes López, se confirmó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional en el municipio de Tres Valles.

En el juicio de revisión constitucional 193, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), se confirmaron los resultados y la declaración de validez de la elección en el ayuntamiento de Cuitláhuac.

En el 195, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), se confirmaron los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección del ayuntamiento en Omealca, así como la expedición de la constancia de mayoría a la fórmula de candidatos postulada por la coalición Veracruz para Adelante.

En el 196, promovido por el PAN, se confirmaron los resultados consignados en el Acta de cómputo municipal y la declaración de validez de la elección de integrantes de municipio de Acula.

En el 200, promovido por el PT, se confirmaron los resultados consignados en el Acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y la entrega de constancias respectivas a la planilla postulada por el Partido Cardenista en el ayuntamiento de Cuautitlán.

En el 210, promovido por el Partido Movimiento Ciudadano (MC), se confirmaron los resultados contenidos en el acta de cómputo municipal de la elección de ediles para el ayuntamiento de Tlacojalpan, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia respectiva a la planilla postulada por la coalición Veracruz para Adelante, integrada por Zulma Cruz González y Osvelia Ramirez Cuevas, propietaria y suplente respectivamente.

En el 211, promovido por el PAN, se confirmaron los resultados consignados en el Acta de cómputo municipal y la declaración de validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de Soteapan.

En el 217, promovido por el PRI, se confirmaron los resultados consignados en el Acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría a los integrantes del ayuntamiento de Tlapacoyan.

En el 227, se confirmó la declaración de validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de Úrsulo Galván, y el otorgamiento de las constancias respectivas.

En la sesión pública de resolución de este jueves, se analizaron y resolvieron 6 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 11 juicios de revisión constitucional electoral.

-0-

Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL y por el Blog de la Sala Regional Xalapa portales.te.gob.mx/salas/salas/3


SUSCRIBEN JUECES ELECTORALES DEL PAÍS CÓDIGO DE ÉTICA

30/mayo /2013 / Sala Superior 74/2013

México, D.F.

  • El documento responde a los desafíos para consolidar la democracia en México: Luna Ramos

Magistrados electorales de todos los estados del país suscribieron hoy el Manifiesto de los compromisos asumidos en el Código Modelo de Ética Judicial Electoral, a través del cual se establecen los principios y valores que regirán la actuación y labor de los encargados de impartir justicia en esta materia.

Al encabezar la firma y presentación de dicho Código, en el marco del Encuentro Nacional de Magistrados Electorales que se celebra en la ciudad de Monterrey, José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aseguró que dicho instrumento será fundamental para enfrentar los desafíos de la democracia en México.

El Magistrado señaló que detrás del Derecho y de la búsqueda de la justicia siempre estarán personas, por lo que la tarea del juzgador electoral impacta en el sistema democrático y en el disfrute de los derechos político-electorales de los ciudadanos.

Dicha encomienda, dijo, requiere de un convencimiento interno por dejar atrás al buen juez y, en su lugar, hablar del mejor juez. “Debemos aspirar a la excelencia, ciertos de que es el único camino para responder a nuestra investidura, a nuestras instituciones y, sobre todo, a nuestra sociedad”, indicó.

María del Carmen Platas Pacheco, integrante de la Comisión Redactora del Código Modelo de Ética Judicial Electoral, señaló que dicho documento tiene el objetivo de alentar y favorecer las sanas prácticas en el desarrollo de todas las actividades profesionales de la materia, desde una perspectiva de convicción personal. Con esto “el Tribunal Electoral da un paso decisivo en la construcción del mejor país en el que queremos vivir”, apuntó.

Por su parte, Mariano Azuela Guitrón, director del Instituto de Investigaciones Jurisprudenciales y de Promoción y Difusión de la Ética Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), afirmó que el Código de Ética busca la excelencia a través del cumplimiento de principios y virtudes, lo que trasciende las obligaciones estrictamente jurídicas de quienes se desempeñan en los organismos jurisdiccionales. El objetivo, precisó, es lograr que detrás de cada Magistrado, y de las personas que los apoyan, exista un compromiso ético.

Al hacer uso de la palabra, Claudia Barbosa Rodríguez, magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Puebla reflexionó sobre la importancia del documento y destacó que la sociedad demanda impartidores de justicia honorables, que generen confianza a través de sus resoluciones, a lo que contribuirá la emisión del Código.

En su oportunidad, Fabián Hernández García, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Hidalgo, señaló que los conflictos electorales necesitan, para su desahogo, una buena dosis de ética. Agregó “que la aplicación fría del Derecho no funciona, porque ello nos convertiría en una sociedad autómata e irreflexiva. Pero si sumamos a ello virtud, entendida como la fuerza para aplicar los valores como la independencia judicial, la neutralidad, la excelencia y el profesionalismo, dotaremos al Derecho electoral de un alma humana”, comentó.

Respetar principios básicos, indispensable para la democracia
El Encuentro Nacional de Magistrados Electorales tiene como objetivo analizar y debatir las buenas prácticas judiciales que deben regir la actividad cotidiana de los juzgadores, en la construcción del andamiaje de la Justicia Electoral. Además, constituye un espacio para compartir experiencias e inquietudes respecto a la interpretación de las normas con base en la Constitución, los tratados internacionales y las leyes, así como para reforzar la imagen pública de la justicia y de quienes la imparten.

Al participar en la ceremonia inaugural, Rodrigo Medina Cruz, gobernador del estado de Nuevo León dijo que para que las elecciones sean la base de una auténtica democracia es necesario respetar los principios básicos construidos y aportar nuevas fortalezas, como el Código Modelo de Ética Judicial Electoral, el cual responde a compromisos adquiridos que ahora están en papel y tinta dispuestos a dar los pasos siguientes en la consolidación democrática del país.

Javier Garza y Garza, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, manifestó que los jueces electorales representan un papel insustituible dentro de la sociedad, por lo que su labor debe sustentarse en la ley, la moral y la ética, que son los tres pilares en que se basan las decisiones. Añadió que con prudencia y coherencia, los juzgadores contribuyen al fortalecimiento de las instituciones democráticas del país.

En tanto, José Miguel Salcido Romero, presidente de la Asociación de Tribunales y Salas Electorales de la República Mexicana, aseguró que el Código de Ética constituye una poderosa herramienta para los jueces electorales, pero sobre todo una garantía para los justiciables, que esperan de ellos una conducta justa, les asegure la vigencia del Estado democrático de derecho.


Al participar en la Sesión Plenaria “Análisis del papel que juega la ética en el uso de la técnica jurídica”, Manuel González Oropeza, magistrado de la Sala Superior del TEPJF, apuntó que no se es buena persona ni buen juez por decreto por muchos códigos o reglas que se establezcan “si los jueces y las personas no las cumplen ni las respetan, estas no tendrían razón de ser”, indicó.

Durante el Encuentro Nacional de Magistrados Electorales se realizó la presentación del Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos (SISGA), en la que participó el titular de esa área en el TEPJF, Felipe de la Mata Pizaña.

Los trabajos del Encuentro continuarán hoy y mañana con el análisis de casos en materia de Ética Judicial.


-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa