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Ordena Sala Guadalajara al PAN, en Sonora, registrar a precandidato a Presidente Municipal en San Luis Río Colorado

26/marzo /2009 / Sala Regional Guadalajara 9/2009

Guadalajara, Jalisco.


 • Confirma registro de José Filemón Salas Castillo como candidato del PRI a la alcaldía de Hujúcar, Jalisco

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el dictamen emitido por la Comisión Electoral Estatal del Partido Acción Nacional (PAN), en el que negó a Ángel Luís Ruiz García, el registro como precandidato a Presidente Municipal en San Luís Río Colorado, Sonora.


 Ruiz García argumentó que un artículo de la Constitución Política del Estado de Sonora, que establece como requisito para ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor de un Ayuntamiento, no haber sido condenado por la comisión de un delito intencional, aún cuando se haya cumplido la condena o extinguido la pena, lo había afectado en sus pretensiones políticas.

Del estudio del juicio, el Magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas destacó que es histórico que la Sala Guadalajara haga un pronunciamiento de este caso en particular ya que la aplicación del artículo de la Constitución Política de Sonora, viola el derecho constitucional del ciudadano actor de ser votado y que esa normativa no es armónica a la norma rectora de nuestro país, por lo que se ordenó a la citada comisión registre a Ruiz García como precandidato a presidente municipal en San Luis Río Colorado, Sonora. En virtud de lo anterior, esta resolución sienta precedente a nivel nacional en lo relativo a la justicia electoral en nuestro país.

En cuanto al juicio promovido por José Filemón Salas Castillo en contra del acuerdo emitido por la Comisión Estatal de Procesos Internos del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Jalisco, que ordenó la reposición del proceso interno de postulación de candidato a Presidente municipal en Huejúcar, cuando Salas Castillo ya había sido designado para ocupar tal candidatura; pero tal determinación fue realizada sin que se respetaran sus derechos y sin que se agotaran los medios de defensa intrapartidistas.

En consecuencia, la Sala Guadalajara revocó el acuerdo impugnado, y declaró la subsistencia de la constancia expedida por la citada comisión del PRI, donde acredita como candidato electo al señalado ciudadano a Presidente Municipal de Huejúcar, Jalisco para el período 2010-2012.

Por otro lado, en el proyecto de resolución presentado por el Magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas, se declaró inoperante el agravio presentado por el Partido Convergencia (PC) en contra de la sentencia emitida por el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco (TEPJEJ).

El PC argumentó como agravio, que la sentencia impuesta por el TEPJEJ no tenía una adecuada fundamentación y motivación, y por ello, se atentaba contra el principio de legalidad.

La Sala concluyó que la queja resuelta por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, si se encuentra debidamente fundada y motivada, por lo que declaró inoperante el agravio del partido político actor y confirmó la resolución reclamada.

Asimismo, los magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas, Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez ordenaron al IFE en los estados de Baja California Sur, Chihuahua y Jalisco, otorgar la credencial para votar con fotografía a 3 ciudadanos, a quienes por diversas causas le fue negado su registro y la expedición del documento correspondiente.

En la sesión pública de este día la Sala Guadalajara resolvió catorce Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y dos Juicios de Revisión Constitucional Electoral.