ORDENA TEPJF SANCIONAR VIOLACIONES A LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, EQUIDAD Y CERTEZA EN COMICIOS DE QUINTANA ROO
14/agosto /2013 / Sala Superior 116/2013
México D. F.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) sancionar la conducta en que incurrieron los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), así como sus candidatos a diversos cargos de elección popular por infringir los principios de legalidad, equidad y certeza durante el proceso electoral local 2012-2013, en Quintana Roo.
Por unanimidad, los integrantes del Pleno declararon fundados los agravios formulados por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el cual denunció el uso indebido de los tiempos en televisión asignados por el IFE a los partidos denunciados.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera se indica que a pesar de que los promocionales identificados como No nos vamos a dejar y Defensa del voto se transmitieron en el tiempo asignado a cada partido político denunciado, lo cierto es que en ambos mensajes se advierte la presencia de diversos candidatos, unos postulados por el PAN y otros por el PRD.
Lo anterior, se concluye en la sentencia, es contrario a los principios de legalidad, equidad y certeza, al generar una sobreexposición, frente al electorado, de los candidatos de ambos institutos políticos que participaron en los promocionales.
Ante ello, los integrantes de la Sala Superior ordenaron al Consejo General del IFE que emita una nueva resolución, en la que se determine el grado de responsabilidad de los partidos políticos y candidatos denunciados, y en consecuencia imponga las sanciones que en derecho correspondan.
Individualizarán multa a Partido Encuentro Social
Por considerar que la multa impuesta al Partido Encuentro Social (PES) resulta excesiva para su capacidad económica, la Sala Superior ordenó al Consejo General del IFE que emita una nueva sanción en la que tome en cuenta sus condiciones particulares de financiamiento.
El Pleno ratificó la decisión de la autoridad administrativa electoral que declaró fundados los procedimientos especiales sancionadores seguidos en contra de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT), PES y PVEM, integrantes de la coalición Compromiso por Baja California, por la difusión indebida del promocional de radio y televisión denominado Terrenos en el que hacían imputaciones al entonces candidato a la gubernatura de la coalición Alianza Unidos Por Baja California, Francisco Arturo Vega de Lamadrid.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López se consideró, sin embargo, que la multa impuesta al partido local es excesiva y desproporcionada, ya que para su cuantificación, el IFE dejó de valorar suficientemente su situación económica, debido a que su financiamiento es menor y únicamente de origen estatal.
En la sesión pública se analizaron y resolvieron: una contradicción de criterios, 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 6 recursos de apelación, lo que hace un total de 9 medios de impugnación. También se aprobaron seis jurisprudencias.
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LA SALA REGIONAL DF DEL TEPJF CONFIRMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE PUEBLA VINCULADA CON LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TEHUACÁN PUEBLA
21/noviembre /2013 / Sala Regional Ciudad de México 56/2013
México, D.F.
En este asunto la Sala Regional DF determinó confirmar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, que confirmó el Acuerdo CG/AC-140/13 dictado por el Consejo General del Instituto Electoral de dicha entidad federativa, mediante el cual efectuó el cómputo, declaró la validez de la elección y la elegibilidad de los candidatos a regidores por el principio de representación proporcional, y realizó la asignación respectiva en el Ayuntamiento de Tehuacán.
Lo anterior, porque del análisis del modelo de asignación de regidores por el principio de representación proporcional, se consideró por la Sala Regional DF que el establecimiento del umbral del dos por ciento para tener derecho a la referida asignación, no constituye en sí mismo una garantía de que se contará con un regidor.
En otros de los asuntos que resolvió la Sala Regional DF confirmó dos sentencias del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, vinculadas con las elecciones del Ayuntamiento de Ixtacamaxtitlán y de San Pedro Cholula, respectivamente.
En uno más de los asuntos que resolvió la Sala Regional DF confirmó la sentencia de la Sala Unitaria Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala, que confirmó el acuerdo 237 del Consejo General del instituto electoral local, por el cual se aprobó la renuncia del promovente del medio de impugnación al cargo de primer regidor postulado por el Partido Socialista en el municipio de Panotla.
En otro de los asuntos que resolvió la Sala Regional DF confirmó las resoluciones del Tribunal Electoral del Distrito Federal que a su vez confirmó el cómputo de la elección de los Comités Ciudadanos de la Colonia El Parque, en la Delegación Venustiano Carranza y de la Colonia Nonoalco, en la Delegación Benito Juárez, respectivamente.
En esta Sesión Pública la Sala Regional DF resolvió 4 Juicios para la Protección de los Derechos Político-electorales del Ciudadano y 4 Juicios de Revisión Constitucional Electoral.