header

ESTRENA TEPJF JURISPRUDENCIA CIUDADANA, NUEVO PROGRAMA DE RADIO

22/septiembre/2013 / Sala Superior 144/2013

MEXICO, D.F.

• El Tribunal Electoral ha emitido mil tesis y jurisprudencias que han cambiado la historia de México

A partir del próximo martes 24 de septiembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) abrirá la cortina inaugural de su nuevo programa radiofónico por internet Jurisprudencia ciudadana, un espacio a través del cual se divulgarán de forma clara y sencilla las tesis y jurisprudencias relevantes emitidas por el máximo organismo jurisdiccional en materia electoral del país, así como las ideas torales y temas que les dieron origen.
La emisión tendrá una duración de 30 minutos y será conducida por Felipe de la Mata Pizaña, Secretario General de Acuerdos del TEPJF, y Sergio Arturo Guerrero Olvera, coordinador de Jurisprudencias de la Sala Superior.
Ambos explicarán de forma didáctica qué es una jurisprudencia, quién y cómo las emiten, para qué sirven, por qué y para quiénes son útiles, cuántos tipos existen, cuáles están vigentes, qué contienen, cómo las ha aplicado el Tribunal y de qué forma puede la población usarlas a su favor.
Felipe de la Mata Pizaña comentó que el Tribunal, desde su nacimiento, ha emitido alrededor de mil tesis y jurisprudencias, muchas de ellas han cambiado la historia del país e incluso se han incorporado en la Constitución. Citó el caso de la que establece la procedencia de un juicio ciudadano en contra de un partido político, lo cual hasta hace unos años era impensable.
Por ello, dijo, la jurisprudencia electoral es la más rica y poderosa, porque ha permitido tutelar los derechos electorales del ciudadano en materia de libertad de expresión, derecho indígena y equidad de género, entre otros.
El Secretario General de Acuerdos del TEPJF señaló que a diferencia de las jurisprudencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y tribunales como el fiscal, administrativo, agrario y otros, las jurisprudencias electorales han adquirido un carácter de obligatoriedad.

Por su parte, Guerrero Olvera explicó que al ser producto del razonamiento y la interpretación o integración de otras normas que realizan los jueces, a partir de tres precedentes, la jurisprudencia electoral ha permitido garantizar el principio de igualdad para quienes padecen problemas similares.
Agregó que las jurisprudencias son independientes de las normas que les dieron origen y se emiten por contradicción, reiteración o ratificación.
Puntualizó que durante las emisiones radiofónicas, el Tribunal Electoral dará a conocer los avances y alcances de las jurisprudencias en la impartición de la justicia electoral.
Este nuevo proyecto se suma a las emisiones radiofónicas de EscúchaTE, En Consecuencia, DiviérteTE, y a los programas de televisión Justicia electoral a la semana y Sentencias a debate, mediante los cuales el TEPJF difunde su quehacer jurisdiccional y la cultura cívica.
Jurisprudencia ciudadana se transmitirá todos los martes a las 11:00 horas, a través del sitio oficial www.te.gob.mx.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa

CONFIRMA SALA XALAPA ASIGNACIÓN DE REGIDURÍA TERCERA EN COATZINTLA, VERACRUZ, A FAVOR DE AVE

27/diciembre /2013 / Sala Regional Xalapa 55/2013

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 • Sala Xalapa ordena al IEV realizar diligencias necesarias para integrar procedimiento especial sancionador en contra del PRI en Veracruz

En sesión pública de resolución de 27 de diciembre de 2013, el Pleno de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver los juicios acumulados para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano 730 y de revisión constitucional electoral 350, ambos de este año, confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (TEEV) que revocó la constancia de asignación de la regiduría tercera otorgada a Patricia Cruz Matheis y a Rita de la Cruz García por el Consejo Municipal Electoral de Coatzintla, Veracruz, y ordenó la entrega de la referida constancia de asignación a Jesús Monter Rodríguez y Gregorio Bautista Rosales, propietario y suplente, respectivamente, de la fórmula de candidatos postulada por el partido Alternativa Veracruzana (AVE).

Al resolver los juicios que fueron promovidos por Patricia Cruz Matheis y el Partido de la Revolución Democrática, respectivamente, los magistrados de la Sala Xalapa determinaron que fue correcta la revocación realizada por el tribunal responsable relativa a la asignación efectuada por el Consejo Municipal de Coatzintla, ya que esta indebidamente se hizo con base en el cómputo municipal del nueve de julio, que ya había sido modificado por el tribunal electoral veracruzano el veintidós de agosto siguiente, con la anulación de 13 casillas.

Ello es así, porque es hasta que los cómputos quedan firmes cuando la autoridad administrativa electoral debe realizar la asignación correspondiente, tomando en cuenta las resoluciones del tribunal electoral.

Por otro lado, se señaló que si bien los ahora actores promovieron ante esta instancia federal diversos juicios en los que alegaron que la nulidad decretada por el tribunal local afectaría la asignación de regidores por el principio de representación proporcional, lo cierto es que en dicho momento aún no se realizaba asignación alguna, razón por la cual un hecho futuro no podría depararles perjuicio alguno.

Por tanto, siendo este el momento adecuado para hacerlo valer, los actores fueron omisos en realizar algún planteamiento en ese sentido en sus escritos de demanda, ya que solo se limitaron a afirmar que los resultados de mayoría relativa no afectan los de representación proporcional, cuando en la especie se trata de un mismo cómputo de la elección de integrantes del ayuntamiento, el cual sirve de base para realizar la asignación de regidores.

Sala Xalapa ordena al IEV realizar diligencias necesarias para integrar procedimiento especial sancionador en contra del PRI en Veracruz

En otro asunto, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 348 de este año, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), la Sala Xalapa revocó la sentencia del TEEV que había confirmado la resolución dictada por el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV) en el procedimiento especial sancionador integrado con motivo de la denuncia presentada por el PAN en contra del Partido Revolucionario Institucional (PRI), su candidato a presidente municipal en Río Blanco, Veracruz, y el Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Fábrica de Río Blanco.

La decisión de este órgano jurisdiccional obedeció a que no obstante que el entonces denunciante aportó elementos de prueba que generaban indicios de los hechos denunciados y narró circunstancias de tiempo, modo y lugar, la autoridad omitió realizar la investigación de los hechos denunciados, y con ello incumplió con el principio de exhaustividad exigible para todas sus determinaciones.

Lo anterior, porque es criterio de este tribunal que acorde con los principios que rigen a la materia administrativa sancionadora en materia electoral, a la autoridad le corresponde realizar todas las diligencias que sean necesarias para averiguar los hechos denunciados, cuando el quejoso o denunciante satisfizo los requisitos correspondientes al inicio del procedimiento.

Es por ello que, al revocar la sentencia impugnada, se revocó también la resolución recaída al procedimiento especial sancionador y se ordenó al Consejo General del IEV realizar las diligencias necesarias para estar en aptitud de integrar de forma completa y exhaustiva el procedimiento especial sancionador y resolver lo que en derecho corresponda.

En la sesión pública de resolución de este viernes, se analizaron y resolvieron un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios de revisión constitucional electoral.

-0-

Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL y por el Blog de la Sala Regional Xalapa portales.te.gob.mx/salas/salas/3