COMPARTE TEPJF EL SISGA CON TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE PUEBLA
11/octubre /2013 / Sala Superior 164/2013
México, D.F.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) hizo entrega formal del Sistema de Información de la Secretaría General de Acuerdos (SISGA) al Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), a través del cual se facilitará la gestión de información que se genera durante el registro de medios de impugnación ante el órgano jurisdiccional local.
En la ceremonia de entrega participaron Armando Maitret Hernández, magistrado de la Sala Regional Distrito Federal; Gabriel Mendoza Elvira, subsecretario General de Acuerdos de la Sala Superior; Rubén Becerra Rojasvértiz, visitador general del TEPJF; Francisco Javier de Unanue y Bretón, magistrado presidente del TEEP; así como los magistrados Claudia Barbosa Rodríguez y Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo, integrantes del organismo jurisdiccional local.
El magistrado Maitret Hernández señaló que la colaboración institucional entre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y los tribunales locales contribuye a la transparencia y al fortalecimiento de la justicia electoral de nuestro país. Agregó que el modelo de justicia electoral actual permite que un alto porcentaje de las inconformidades electorales se resuelvan en esos órganos jurisdiccionales.
Por lo anterior, consideró que este Sistema informático constituye una herramienta de vanguardia que brindará mayor transparencia en el manejo de los expedientes, así como una mejor rendición de cuentas.
En su mensaje, el Magistrado de la Sala Regional Distrito Federal del TEPJF dijo que la revisión de algunas sentencias locales por parte del máximo organismo jurisdiccional en materia electoral del país no debe considerarse una intromisión indebida en la soberanía de los Estados, sino una garantía de última instancia para los gobernados.
Son tribunales electorales guardianes del Derecho electoral
En su oportunidad, Francisco Javier de Unanue y Bretón, magistrado presidente del TEEP, dijo que los tribunales electorales, como guardianes del Derecho electoral deben contar con tecnologías como el SISGA para cumplir con la misión que les fue encomendada.
Reconoció que esta herramienta contribuirá a la eficiencia y transparencia de la función jurisdiccional, además de permitir un mayor control de la información que poseen los tribunales electorales.
Gabriel Mendoza Elvira, subsecretario General de Acuerdos de la Sala Superior del TEPJF, comentó que el SISGA es un instrumento de trabajo que permite la sistematización de los expedientes y ofrece información precisa sobre lo que está pasando en la justicia electoral a nivel federal y local.
El SISGA fue compartido en cumplimiento al Convenio Específico de Colaboración suscrito entre el Tribunal Electoral del Estado de Puebla y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el pasado 14 de mayo.
PARTICIPAN MAGISTRADOS DE LA SALA MONTERREY EN FORO NACIONAL DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
31/enero /2014 / Sala Regional Monterrey 2/2014
Monterrey, Nuevo León
- Los magistrados enfatizan la necesidad de garantizar candidaturas independientes viables y efectivas
- La Sala Monterrey ha establecido precedentes en los que concluyó que es inconstitucional solicitar un apoyo del 5% del padrón para el registro de candidatos independientes.
Con motivo de la reciente reforma político electoral, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León y la Facultad Libre de Derecho de Monterrey llevaron a cabo este viernes 31 de enero, el foro nacional “Una radiografía a las candidatura independientes”, en la que participaron de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Marco Antonio Zavala Arredondo.
Dentro de la mesa de análisis “Candidaturas independientes: una experiencia comparada”, el magistrado Rodríguez Mondragón enfatizó que las candidaturas independientes surgen de la “necesidad de crear nuevas vías de participación política para la ciudadanía; concretamente a abrirles canales de participación política distintos de la militancia partidista.” Además comentó que esta nueva forma de participación política fortalece y refuerza el derecho fundamental de todos los ciudadanos a ser votados por lo que los tribunales desempeñarán un rol fundamental en el refuerzo de esta figura de participación política.
Asimismo, el magistrado recordó que en las pasadas elecciones locales de Zacatecas, la Sala Monterrey del TEPJF emitió criterios para garantizar que las candidaturas independientes fueran viables y efectivas. Al resolver los juicios ciudadanos SM-JDC-481/2013 y SM-JDC-493/2013, promovidos por dos personas que solicitaban su registro como candidatos independientes a presidente municipal de Zacatecas, la Sala Monterrrey determinó que eran inconstitucionales las disposiciones de la ley electoral local y del reglamento de candidaturas independientes de Zacatecas que establecían, como condiciones registrar a los candidatos independientes, la presentación de un número de apoyos equivalente al 5% del padrón electoral, así como la obligación de anexar una copia de las credenciales de las y los ciudadanos que apoyaban la candidatura.
Los magistrados de la Sala Monterrey estimaron que el porcentaje del 5% resultaba desproporcionado, pues el número de apoyos requeridos para el registro de una candidatura independiente era superior a los exigidos para registrar un partido político local, para la conservación del registro por parte de los partidos, y para participar en las asignaciones por el principio de representación proporcional. Por tanto, concluyeron que esta medida inhibía el acceso de los ciudadanos a las candidaturas independientes.
Por otra parte, en esos mismos juicios, los magistrados consideraron que el requisito consistente en presentar copias de las credenciales de elector no constituía una medida idónea para acreditar el apoyo hacia los candidatos independientes. Argumentaron que con una copia simple no es posible verificar si los ciudadanos se encuentran en el padrón electoral, ya que dichas copias podrían corresponder a credenciales no actualizadas, con datos erróneos o apócrifas. Asimismo, lestimaron que no era una medida necesaria, pues la validación de los apoyos podía lograrse a través de los convenios de colaboración entre el instituto local y el Instituto Electoral Federal, lo cual era una medida menos restrictiva del derecho a ser votado.
Los criterios anteriores son una aportación de la Sala Monterrey en la construcción de esquemas que hagan viable y efectiva la participación de la ciudadanía mediante candidaturas independientes a los partidos políticos. Más allá de los resultados concretos que se dieron en los litigios, estos precedentes podrían ser considerados para regulaciones futuras de candidaturas independientes, además constituir precedentes orientadores en la resolución de casos similares que se presenten en el futuro.
Las sentencias de los juicios señalados con anterioridad pueden consultarse en las siguientes ligas:
SM-JDC-481/2013: http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SM/2013/JDC/SM-JDC-00481-2013.htm
SM-JDC-493/2013: http://portal.te.gob.mx/colecciones/sentencias/html/SM/2013/JDC/SM-JDC-00493-2013.htm
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral, en la que se encuentran los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. La sala está integrada por los magistrados Yairsinio David García Ortiz, Reyes Rodríguez Mondragón y Marco Antonio Zavala Arredondo, quien la preside.
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