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LA SALA REGIONAL TOLUCA ORDENA A LA DIRECCION EJECUTIVA DEL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORES DEL IFE, INICIAR EL TRAMITE DE REEEMPLAZO DE CREDENCIAL PARA VOTAR A UN CIUDADANO

25/marzo /2014 / Sala Regional Toluca 8/2014

Toluca de Lerdo, Edo. de Méx,

En sesión pública celebrada en esta fecha, la Sala Regional Toluca revocó la negativa de realizar el trámite de reemplazo de credencial para votar con fotografía al ciudadano Jorge Romo Rocha, por parte del Vocal del Registro Federal de Electores de la 22 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, en Naucalpan de Juárez, Estado de México.

Los integrantes del pleno aprobaron por unanimidad de votos el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Juan Carlos Silva Adaya, que declaró fundado el agravio formulado por el actor, suplido en su deficiencia, consistente que la negativa controvertida resultaba violatoria de su derecho a votar.

En la sentencia se razona que la autoridad responsable no debió negar al accionante dicho trámite por el solo hecho de que no presentó ante ella su acta de nacimiento, ya que, en plenitud de jurisdicción, se determinó de las constancias allegadas al expediente, se advierte que no existe impedimento alguno para renovar la credencial para votar del enjuiciante, por lo que se ordenó a la responsable la ejecución del trámite correspondiente.

Desecha la Sala Regional Toluca un juicio ciudadano promovido por Uriel López Paredes y otros integrantes del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán.

Los integrantes del pleno desecharon, por unanimidad de votos, el juicio ciudadano presentado por tres militantes del Partido de la Revolución Democrática en Michoacán, en contra de la convocatoria emitida por el Consejo Estatal del en dicha entidad federativa, para elegir al presidente y secretario general del Comité Ejecutivo Estatal, así como en contra del acuerdo de la Comisión Nacional Electoral por el que se hicieron observaciones a la referida convocatoria.

Los magistrados desecharon de plano la demanda debido a que previamente a su presentación, los actores interpusieron sendos recursos de queja electoral ante la Comisión Nacional de Garantías del Partido de la Revolución Democrática, mismos que todavía se encuentran en etapa de estudio y, respecto de las cuales, los ahora enjuiciantes no se han desistido. Por ende, los magistrados concluyeron que no se satisfizo el principio de definitividad de los actos impugnados.

No obstante, los integrantes del pleno ordenaron a la Comisión Nacional de Garantías que resuelva las quejas formuladas por los justiciables dentro de los tres días siguientes a la notificación de la ejecutoria, a efecto de garantizar el derecho humano de los justiciables a la tutela judicial efectiva.

En la sesión pública de esta fecha se resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.