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SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA ELECCIONES DE CONCEJALES EN COICOYÁN DE LAS FLORES, JUXTLAHUACA Y SAN JUAN YUCUITA, NOCHIXTLÁN, OAXACA

25/marzo /2014 / Sala Regional Xalapa 14/2014

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 

En sesión pública de resolución de 25 de marzo de 2014, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver los juicios ciudadanos 59 y 110 de la presente anualidad, promovidos por Albino López Velasco y Humberto Fuentes, entre otros ciudadanos, respectivamente, confirmó las sentencias emitidas por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO) que a su vez, habían confirmado los acuerdos del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, relativos a la declaración de validez de las elecciones en los ayuntamientos de Coicoyán de las Flores, Juxtlahuaca y San Juan Yucuita, Nochixtlán, Oaxaca.

Respecto al juicio 59, el Pleno de la Sala Regional calificó de infundados los planteamientos expuestos por el promovente, pues se determinó que el tribunal local emitió su fallo citando los preceptos legales al caso, y que había sido la propia Asamblea General Comunitaria la que fijó íntegramente las bases del proceso en la fecha de la elección de concejales en Coicoyán de las Flores, Juxtlahuaca, previo a la emisión del sufragio.

Además, en lo referente a la inexistencia de la debida difusión de la convocatoria por la circunstancia de no encontrarse probada; contrario a lo aducido por Albino López Velasco, esta se estimó verificable con la alta participación en la asamblea electiva a la que acudieron un 47 por ciento de las personas mayores de dieciocho años que, según el listado de asistencia, pertenecen a distintas partes del municipio, lo que convalidó el conocimiento de la convocatoria por parte de sus habitantes.

Por último, en el juicio 110, el Pleno confirmó la validez de la elección de integrantes del Ayuntamiento de San Juan Yucuita, Nochixtlán, Oaxaca, dado que contrario a lo expuesto por los actores, en razón de que consideraron que se vulneró su derecho humano de votar, se demostró que no existió violación alguna en su contra.

Ello, al determinarse que aún y cuando en las constancias de autos está acreditado que los ciudadanos de la Agencia Municipal de San Mateo Coyotepec no participaron en la elección para la renovación de concejales del municipio referido, ha sido razonamiento reiterado de esta Sala Regional en diversos precedentes que, no toda situación de desigualdad es inconstitucional, sino sólo en aquellos casos en los que existiera una diferenciación injusta, no se tomaran en cuenta criterios objetivos, razonables y proporcionales para diferenciar o atentar contra la dignidad humana.

Y en el caso concreto, la elección se llevó a cabo de conformidad con los usos y costumbres de la comunidad, ya que por una tradición de más de ochenta años, nunca se había invitado a la Agencia Municipal de San Mateo Coyotepec a participar en la elección de las autoridades municipales, lo cual corresponde a la forma en que históricamente se ha desarrollado el municipio en Oaxaca, ya que existen muchos de ellos en los que no hay una relación de jerarquía entre los ayuntamientos y agencias municipales, sino que ha funcionado como estructuras administrativas territoriales distintas y autónomas.

En razón de lo anterior, se consideró que desde la concepción jurídica de los habitantes de la comunidad de San Juan Yucuita, Nochixtlán, prescindir de la participación de la Agencia Municipal referida en la elección de sus autoridades, no es un acto que atente contra su derecho de votar y ser votados, ya que para ellos ese derecho no puede ser ejercido por esos ciudadanos, pues se trata de un ámbito territorial, económico y social distinto.

Además, del estudio al expediente se advirtió que la autoridad municipal demostró apertura para integrar a los ciudadanos de la Agencia Municipal a través de la creación de dos regidurías y la disposición de entablar pláticas, para que en la siguiente elección puedan participar.

Dado lo anterior, el Pleno de la Sala Xalapa exhortó a diversas autoridades del estado de Oaxaca para que coadyuven en la inclusión progresiva de los ciudadanos de la Agencia Municipal de San Mateo Coyotepec en las elecciones de concejales del citado municipio.

En la sesión pública de resolución de este martes, se analizaron y resolvieron dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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