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Confirma Sala Monterrey resolución que quita financiamiento público a Convergencia y al Partido Nueva Alianza en Guanajuato

3 /abril /2009 / Sala Regional Monterrey 17/2009

Monterrey, N.L.

Ordenan magistrados a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del PRI, en Nuevo León, atender queja de militante del Municipio de China

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación acordó, por unanimidad, confirmar la sentencia de la Primera Sala Unitaria del Tribunal Electoral de Guanajuato, que a su vez confirmó la resolución del Instituto Estatal Electoral de esa entidad que determina que los partidos Convergencia y Nueva Alianza no tienen derecho a recibir financiamiento público durante el 2009.

Ambos partidos presentaron juicios de revisión constitucional, luego de que las autoridades electorales locales determinaron quitarles los recursos públicos por no haber alcanzado el 2 por ciento de la votación, en la anterior elección de diputados locales.

La magistrada presidenta Beatriz Eugenia Galindo Centeno, y los magistrados Georgina Reyes Escalera y Rubén Enrique Becerra Rojasvértiz coincidieron en que el Instituto y el Tribunal Electoral en Guanajuato basaron sus resoluciones de acuerdo a lo establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado.

En el juicio promovido por Jesús Salvador Guajardo Peña, los magistrados ordenaron a la Comisión Estatal de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Nuevo León que emita, en un plazo de 48 horas, la resolución que corresponda a la queja que el inconforme promovió el pasado 17 de marzo, en contra del proceso para la elección del candidato para la Alcaldía del Municipio de China.

El pleno determinó que el órgano intrapartidista excedió los plazos para responder a Guajardo Peña, por lo que lo apercibió a darle celeridad a su resolución, pues de no hacerlo sería sancionado de acuerdo a lo establecido en la ley.

En otro asunto, la Sala Monterrey ordenó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral (IFE), a través de la Vocalía del 04 Distrito Electoral, con sede en el estado de Querétaro, entregar la credencial para votar a Claudia Araceli Amaya Puga, en un plazo de 10 días, a partir de que reciba la sentencia.

Los magistrados coincidieron en que la inconforme satisfizo todos los requerimientos para la obtención del documento oficial, y que la extemporaneidad que le atribuye el instituto para no entregarle la credencial fue a consecuencia de un error en la captura de datos, no imputable a Amaya Puga.

En la sesión pública de este viernes, la Sala Monterrey resolvió nueve juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios de revisión constitucional.

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