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CONFIRMA TEPJF LEGALIDAD Y CONSTITUCIONALIDAD DE MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DEL PAN

23/enero /2014 / Sala Superior 14/2014

México, D.F.

  • Avala Sala Superior nuevo modelo de credencial para votar con fotografía

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la legalidad de los Estatutos del Partido Acción Nacional (PAN) aprobados durante la XVII Asamblea Nacional Extraordinaria, celebrada los días 16 de marzo y 10 de agosto de 2013 que, entre otras cosas, permiten a los militantes elegir directamente a sus dirigentes y establecen nuevas facultades para los órganos internos.

Por unanimidad, la Magistrada y los Magistrados de la Sala Superior avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera, a través del cual se ratificó la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), que en su momento, declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos panistas.

El Pleno declaró como infundados los agravios formulados por Manuel Gómez Morín Martínez del Río y Jorge Arturo Manzanera Quintana, ambos militantes del PAN, quienes se inconformaron con las modificaciones bajo el argumento de que con ello se pretende garantizar la permanencia de la actual dirigencia, y que el proceso de aprobación de las reformas transgredió los principios constitucionales, de certeza, objetividad y seguridad jurídica.

Al expresar su respaldo al proyecto de sentencia la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa señaló que el sistema electoral mexicano ha sido muy respetuoso de la vida interna y del derecho de auto-organización de los partidos políticos. Se pronunció a favor del proyecto y por la validez de las reformas estatutarias.

Dada la novedad que incorpora la propuesta respecto a la posibilidad de analizar planteamientos de constitucionalidad sin que hayan sido previamente presentados en el recurso administrativo al IFE, la Magistrada propuso la elaboración de una tesis relevante.

El magistrado Pedro Esteban Penagos López comentó que la revisión que hace el Consejo General del IFE para declarar la constitucionalidad de las reformas estatutarias, se lleva a cabo desde un punto de vista administrativo, mientras que en el Tribunal Electoral se realizó un análisis a fondo del contenido de los artículos que fueron reformados.

En su oportunidad, el magistrado ponente, Flavio Galván Rivera comentó que con esta resolución “estamos entrando a una nueva etapa en la jurisprudencia de la Sala Superior, en el análisis de control abstracto de constitucionalidad de la normativa de los partidos políticos”, al tiempo que se garantiza el acceso de los ciudadanos a la justicia.

Por su parte, el magistrado Constancio Carrasco Daza citó que, tratándose de asuntos atinentes a la vida interna de los institutos políticos, las autoridades electorales y los jueces de la materia deben ponderar y tener presente el principio de autodeterminación de los partidos, como criterio orientador fundamental para emitir una resolución sobre la regularidad constitucional de sus estatutos.

El magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar consideró que al revisar este asunto la Sala Superior avanzó en el cumplimiento del principio de progresividad y esto, dijo, nos consolida como un Tribunal Constitucional.

El Magistrado Presidente José Alejandro Luna Ramos se dijo satisfecho, porque la Sala Superior entró al análisis de la constitucionalidad de diversos artículos derivados de las modificaciones de los Estatutos del blanquiazul. “Qué mayor seguridad le podemos dar al PAN, que la plena certeza de que sus Estatutos han pasado por el tamiz de un Tribunal Constitucional”, explicó.

Cumple credencial para votar principios de certeza y legalidad
La Sala Superior confirmó la legalidad del nuevo modelo de credencial para votar con fotografía que emite el Instituto Federal Electoral (IFE), así como el acuerdo por el que se establece que serán los ciudadanos quienes decidirán si los datos relativos a su domicilio deben o no aparecer visibles en la mica.

Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar en el que se indica que con la nueva credencial no se violan los principios de certeza y legalidad, pues no implica un cambio en la función registral electoral, además de que al mantenerse oculto el domicilio del elector tampoco se corre el riesgo de generar errores de seccionamiento.

El magistrado ponente, Salvador Nava Gomar, indicó que, otorgarle a los ciudadanos el derecho de decidir si se deben o no incluir, de manera visible en su credencial para votar, los datos relativos a la calle, número exterior y número interior de su domicilio, constituye una medida que tiene un fin legítimo, ya que la inclusión cifrada tiene un sustento en la protección de datos personales prevista en el artículo 6° de la Constitución General.

Al presentar su voto a favor del proyecto, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa destacó el cuidadoso estudio realizado por el IFE que incorporó además de un análisis jurídico, consideraciones de impacto y de viabilidad para tener la posibilidad de producir credenciales con los datos del domicilio visible o encriptado en código de barras.

En ese sentido, refirió el IFE se hace cargo del doble papel que juega la credencial para votar, como documento para el ejercicio del sufragio y también como mecanismo de identificación ciudadana.

Se ordena reponer procedimiento para designar consejeros electorales en Zacatecas

La Sala Superior determinó dejar sin efectos la designación de los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas que llevó a cabo la Sexagésima Primera Legislatura del estado y le ordenó reponer el procedimiento.

Lo anterior al sostener que durante el proceso no se cumplieron las formalidades esenciales ni los principios de transparencia y publicidad, pues no se emitió una convocatoria pública con los requisitos que debían satisfacer los aspirantes, las fases del procedimiento y los parámetros que se tomarían en cuenta para elegir a los consejeros propietarios y suplentes para el periodo 2013-2017.

Sobre el mismo asunto, se confirmó, con el voto de calidad del Magistrado Presidente, el dictamen por el que se determinó no ratificar a los consejeros electorales que concluyeron su periodo en dicha responsabilidad.

Al manifestar su voto en contra del proyecto, la magistrada Alanis Figueroa se pronunció por revocar los decretos del congreso local no solo respecto a la designación de nuevos consejeros, sino también para el efecto de que se elaboren, fundada y motivadamente, nuevos dictámenes y acuerdos relativos a la eventual ratificación o no de los ciudadanos que se desempeñaban como consejeros electorales del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas hasta el 30 de octubre del 2013.

En tanto se renueva el Consejo General, se mantendrán en el cargo los consejeros electorales designados para garantizar el funcionamiento del organismo.

En otro asunto, el Pleno confirmó el acuerdo emitido por la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, a través del cual se designó a los consejeros que formarán parte del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de la entidad para el periodo 2014-2017, al señalar que el proceso se llevó a cabo con estricto apego a la ley y que se incluyó en el mismo a todos los aspirantes que cumplieron los requisitos establecidos.

Ordenan investigar a Puebla Unida por usar el fragmento “Gober precioso”
La Sala Superior ordenó al Consejo General del IFE investigar las presuntas descalificaciones que realizó la coalición Puebla Unida, en contra de la coalición 5 de Mayo y su candidato a presidente municipal de Puebla, durante el proceso electoral 2012-2013, por la difusión del promocional "Construyendo el futuro", en el que se incluyó el fragmento “Gober precioso”.

Por unanimidad, los magistrados modificaron el acuerdo del IFE que declaró infundado el procedimiento especial sancionador en contra de la coalición Puebla Unida, (PAN, PRD, Nueva Alianza, Compromiso por Puebla, y Pacto Social de Integración) que difundió en sus promocionales de campaña la citada frase, obtenida de manera ilegal, a partir de una conversación entre Mario Marín, entonces gobernador de Puebla, y el empresario Kamel Nacif Borge.

Durante la sesión pública se analizaron y resolvieron 1 asunto general, 13 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, seis juicios de revisión constitucional electoral, seis recursos de apelación y, un recurso de reconsideración, que hacen un total de 27 medios de impugnación.

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