RESUELVE LA SALA REGIONAL GUADALAJARA JUICIO RELATIVO AL ALCANCE DEL DERECHO A INTEGRAR UN ÓRGANO ELECTORAL LOCAL
22/mayo /2014 / Sala Regional Guadalajara 23/2014
Guadalajara, Jalisco
En el proyecto elaborado por la ponencia del Magistrado Abel Aguilar Sánchez, se determinó desechar la demanda por no desprenderse alguna posible vulneración al derecho político-electoral de integrar autoridades electorales de las entidades federativas, porque, explica, ese derecho debe entenderse relacionado únicamente con la integración de los órganos de máxima dirección o desconcentrados de las autoridades administrativas o jurisdiccionales estatales.
Aguilar Sánchez, relató diversos precedentes y una jurisprudencia del Tribunal Electoral que son coincidentes en que la lesión del derecho a acceder a un cargo electoral, se relaciona únicamente con aquellos órganos de máxima dirección que debido a su jerarquía ejercen funciones superiores de dirección, mando, ejecución y sanción.
Al presentar su voto en contra al proyecto, el Magistrado Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez sostuvo su postura en el sentido de que debe tutelarse el derecho a ocupar cualquier cargo o empleo dentro de las autoridades electorales locales, sin hacer distinciones de los integrantes de los órganos de dirección, lo anterior en base al garantismo del que habla el artículo 1° Constitucional.
Por su parte, la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso puntualizó que la pretensión final del actor era revocar la destitución del cargo para ser reinstalado en el mismo, lo cual, se define como un acto netamente de naturaleza laboral.
En ese sentido, por mayoría el Pleno de la Sala Regional Guadalajara resolvió desechar la demanda del juicio ciudadano, dejando claramente establecido que declarar la improcedencia de un medio de impugnación, de ninguna manera implica un atentado al principio de tutela judicial efectiva, pues existen recursos legales disponibles para inconformarse de los actos de autoridad, sin que implique que se deba pasar por alto los presupuestos procesales inherentes de los recursos.
En la sesión pública del 22 de mayo de 2014, se resolvió 1 juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.
COMUNICADO
31/enero /2014 / Sala Superior 21/2014
México D. F.,
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) expresa su reconocimiento al Congreso de la Unión y a las Legislaturas locales por hacer posible las reformas a la Constitución federal en materia político electoral que hoy fueron promulgadas por el Presidente de México, Enrique Peña Nieto.
Quienes integramos el máximo organismo jurisdiccional en materia electoral del país estamos convencidos de que las modificaciones al marco constitucional privilegian el pleno ejercicio de los derechos político-electorales de las y los mexicanos, potencializan su participación en la toma de decisiones públicas de su comunidad y contribuyen a la consolidación del sistema democrático nacional.
Como garantes del orden jurídico vigente, las Magistradas y los Magistrados de la Sala Superior y de las cinco Salas Regionales del TEPJF vigilaremos el estricto cumplimiento de la nueva normatividad electoral y la aplicaremos en favor de los derechos ciudadanos, así como para calificar cada una de las etapas de los procesos electorales que se lleven a cabo en el país.
En este sentido, hacemos votos para que dentro de los plazos fijados en la propia reforma, el Congreso de la Unión concrete las adecuaciones a la legislación secundaria en la materia, y se obtenga el efecto deseado.
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