header

LA SALA REGIONAL DF DEL TEPJF CONFIRMA CONSTANCIA DE MAYORÍA DE LA ELECCIÓN PARA LA JUNTA AUXILIAR DE VICENTE GUERRERO, AYUNTAMIENTO DE OLINTA PUEBLA.

29/mayo /2014 / Sala Regional Ciudad de México 25/2014

México, D. F.

 En este caso, la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó la sentencia impugnada porque el tribunal electoral local, resolvió sobre la base de un recurso no previsto en la convocatoria o acuerdo aprobado por el órgano encargado de la organización de la elección para la Junta Auxiliar de Vicente Guerrero en el ayuntamiento de Olintla, Puebla.

 En razón de lo anterior, atento al principio de una justicia pronta y expedita, la Sala Regional en plenitud de jurisdicción emitió respuesta a los agravios planteados por el actor en este juicio ciudadano, y confirmó la constancia de mayoría que emitió la Comisión Encargada de la Elección de la referida Junta Auxiliar.

En diversos juicios ciudadanos la Sala Regional confirmó la sentencia impugnada y, en consecuencia, la validez y resultado de las elecciones de las juntas auxiliares en San Jerónimo Coyula y en La Magdalena Axocopan, Municipio de Atlixco, Puebla, respectivamente.

En otro juicio ciudadano, la Sala Regional DF resolvió confirmar la sentencia impugnada. Lo anterior, porque consideró que en los términos en que lo resolvió el Tribunal Electoral del Estado de Puebla, el actor carecía de interés jurídico para impugnar los resultados del proceso de elección de la Junta Auxiliar en Chachahuantla, Municipio de Naupan, ello derivado de que no acreditó el carácter de candidato registrado.

Por cuanto se refiere al juicio de revisión constitucional electoral que se promovió para impugnar la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, que confirmó los resultados de la elección de la Junta Auxiliar de San Lucas Atoyatenco y el triunfo de la planilla “La fuerza que nos une”. La Sala Regional resolvió desechar la demanda porque fue presentada de manera extemporánea.

En esta Sesión Pública la Sala Regional DF resolvió 5 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y 1 Juicio de Revisión Constitucional Electoral.

CONFIRMA TEPJF ELECCIONES EN AYUNTAMIENTOS DE PUEBLA

6 /febrero /2014 / Sala Superior 25/2014

México, D.F.

  • Se ratifica pérdida del registro de agrupación política nacional

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de las elecciones en los municipios de Coronango y Tlapacoya, Puebla; en ambos casos se determinó la entrega de las constancias de mayoría a favor de las planillas postulada por la coalición "5 de Mayo" conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México.

Por unanimidad, el Pleno avaló los proyectos de sentencia elaborados por las ponencias de los magistrados Salvador Nava Gomar y Pedro Esteban Penagos López, respectivamente, en los cuales se propuso confirmar las resoluciones emitidas por la Sala Regional Distrito Federal.

En el caso relacionado con la elección de Coronango, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Avelino Toxqui Toxqui, candidato a presidente municipal del partido político "Pacto Social de Integración" (PSI). Mientras que en la elección de Tlapacoya se declaró infundada la impugnación interpuesta por Arturo Romero Herrero, en representación de la coalición "Puebla Unida”.

Confirma TEPJF pérdida del registro de la Confederación Nacional de Estudiantes Mexicanos
En otro asunto, los integrantes del Pleno confirmaron la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), que declaró la pérdida del registro de la Agrupación Política Nacional "Confederación Nacional de Estudiantes Mexicanos”, toda vez que no acreditó haber realizado alguna actividad tendiente a dar cumplimiento a las obligaciones previstas por la normatividad electoral, durante el año 2011.

Por unanimidad, la Magistrada y los Magistrados avalaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Constancio Carrasco Daza en el que se declaró infundado el recurso promovido por Luis Fernando Mancilla Fuentes, representante de dicha agrupación, al concluir que ésta no pudo comprobar el cumplimiento de los fines previstos en la ley

Avala Sala Superior multa por difusión de propaganda electoral
En otro asunto, los integrantes del Pleno confirmaron la multa interpuesta por el Consejo General del IFE a "Radiotelevisora de Mexicali", S.A. de C.V., por la difusión de ocho promocionales en radio, que constituyen propaganda electoral, a favor de Elí Topete Robles, candidato a presidente municipal de Mexicali, Baja California, postulado por la coalición "Compromiso por Baja California".

En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar, se concluyó que al momento de individualizar la sanción, la autoridad responsable determinó que la falta denunciada debía ser calificada como de gravedad ordinaria e invocó las disposiciones legales aplicables, contrario a lo manifestado por el partido inconforme.

Se reencausa juicio de ex militante del PRI en Morelos
El Pleno de la Sala Superior resolvió reencausar, al Tribunal Estatal de Morelos, el juicio por Georgina Bandera Flores, ex secretaria General del Comité Directivo Estatal del PRI en esa entidad, quien impugnó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria, que determinó expulsarla como militante, por la realización de diversos actos y omisiones que presuntamente infringieron la normativa del instituto político.

Por mayoría de votos, el Pleno rechazó el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Flavio Galván Rivera quien propuso que la Sala Superior conociera directa e inmediatamente el juicio ciudadano bajo el argumento de que se trata de un medio de impugnación promovido para controvertir la resolución de un órgano perteneciente a un partido político, a través del cual, según Bandera Flores se afectó su derecho de afiliación.

La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa se pronunció por reencausar el caso, al considerar que debe ser conocido, en primera instancia, por el órgano jurisdiccional de esa entidad federativa.

Durante la sesión pública se analizaron y resolvieron 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional electoral, 4 recursos de apelación y 2 recursos de reconsideración, lo que hace un total de 9 medios de impugnación.

-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa