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CUMPLIÓ TEPJF CON DISPOSICIONES NORMATIVAS EN APLICACIÓN DEL GASTO: ASF

21/febrero /2014 / Sala Superior 43/2014

México D. F.

  • Limpio, el dictamen de las auditorías practicadas al organismo jurisdiccional como parte de la revisión de la Cuenta Pública 2012
  • Se auditó 50.6% de los recursos ejercidos

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) cumplió con las disposiciones normativas aplicables respecto al ejercicio de los recursos públicos que le fueron asignados para el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales, concluyó la Auditoría Superior de la Federación (ASF), al presentar el resultado de la revisión de la Cuenta Pública 2012, año en que el órgano jurisdiccional desahogó las impugnaciones relacionadas con la elección presidencial, la renovación del Congreso de la Unión y 16 procesos electorales locales.

En el informe entregado a la Cámara de Diputados, el órgano fiscalizador precisa que se realizaron auditorías a una muestra representativa del gasto público del Tribunal que equivale a 50.6% del presupuesto ejercido en 2012, lo que representa 1,140,742.5 miles de pesos.

Como parte de su trabajo de fiscalización, la ASF realizó nueve observaciones al organismo jurisdiccional, las cuales fueron solventadas de manera oportuna antes de la integración del informe.

“La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas”, se indicó.

Entre las áreas que fueron revisadas se encuentran las coordinaciones de Adquisiciones, Servicios y Obra Pública; de Recursos Humanos y Enlace Administrativo, y de Finanzas, dependientes de la Secretaría Administrativa, así como la Coordinación de Institucionalización de la Perspectiva de Género y el Centro de Capacitación Judicial Electoral.

Reintegración oportuna de recursos a la Tesorería de la Federación

Según el Informe de Resultados, en la Cuenta Pública del ejercicio 2012 el TEPJF reportó un presupuesto modificado de 2,318,570.6 miles de pesos. Del total, se ejercieron 2,256,294 miles de pesos y la diferencia, por un monto de 62,275.8 miles de pesos, fueron economías obtenidas durante el ejercicio del gasto.

Las economías fueron reintegradas a la Tesorería de la Federación antes del 15 de enero de 2013, con lo que se dio cumplimiento al artículo 54 y 58, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Al atender las disposiciones presupuestales y las observaciones del órgano auditor, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratifica su compromiso con el ejercicio austero y eficiente de los recursos públicos asignados por el Congreso de la Unión para el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales.

De igual manera, el organismo reitera su disposición a rendir cuentas de su actuación y del uso de su presupuesto, transparentando sus actividades jurisdiccionales y administrativas, con lo que contribuye a la consolidación democrática del país.


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SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA RESOLUCIÓN DEL TEEV REFERENTE A LA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA EN TEPETZINTLA, VERACRUZ

25/junio /2014 / Sala Regional Xalapa 28/2014

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 •Confirma declaratoria de validez de la elección extraordinaria en Chumatlán, Veracruz

En sesión pública de resolución de 25 de junio de 2014, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el juicio de revisión constitucional 29 de la presente anualidad, promovido por el Partido Movimiento Ciudadano (MC); confirmó la resolución de diecisiete de junio del presente año emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV), relacionada con la elección extraordinaria de integrantes del ayuntamiento de Tepetzintla, Veracruz.

La Sala Regional Xalapa declaró infundado el agravio relativo a supuestas irregularidades y actos de violencia durante la primera y segunda etapa del proceso electoral. Lo anterior, porque el material probatorio aportado por el partido actor en la instancia local, con el que pretendió acreditar las irregularidades, no tuvo valor probatorio pleno, ya que las denuncias constituían declaraciones unilaterales que no le constaron a la autoridad correspondiente. Asimismo, en lo tocante a las fotografías y videos, éstas eran pruebas técnicas que sólo tenían valor indiciario, por lo que el actor no cumplió con la carga de la prueba prevista en la ley electoral.

Por otra parte, en lo referente a las irregularidades presentadas en diversas casillas, se declararon infundados e inoperantes los agravios expresados por el MC, pues no se acreditaron inconsistencias determinantes.

Finalmente, el agravio relativo a que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) aprovechó la situación geopolítica de los habitantes de la Sierra de Otontepec, para que con dádivas y compra del voto hubieran salido a sufragar de forma inusual, resultó inoperante por novedoso, ya que no fue expuesto en la instancia primigenia.


Sala Regional Xalapa confirma declaratoria de validez de la elección extraordinaria en Chumatlán, Veracruz

En otro asunto, al resolver el juicio de revisión constitucional 30 del presente año, promovido por Urbano Bautista Martínez, en su carácter de representante suplente del Partido Trabajo (PT) ante el Consejo Municipal del Instituto Electoral Veracruzano, con sede en Chumatlán, Veracruz, y otro; la Sala Regional Xalapa confirmó la resolución de diecisiete de junio del presente año emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEEV) que, a su vez, había confirmado los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaratoria de validez y la entrega de la constancia de mayoría a favor de la coalición “Veracruz para Adelante”, conformada por los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Nueva Alianza (PANAL) y Verde Ecologista de México (PVEM).

La Sala Regional Xalapa determinó calificar de infundado el agravio consistente en que aproximadamente doscientas cincuenta personas cambiaron de domicilio de manera atípica para votar en las elecciones extraordinarias del citado municipio, lo que en el concepto de los promoventes hacia necesario que el tribunal local realizara el requerimiento correspondiente al Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral, a efecto de verificar las inconsistencias a que hacían referencia. Lo infundado del agravio se hizo consistir en que los actores incumplieron con la carga procesal de acreditar que hubieran solicitado a dicho organismo electoral la información correspondiente y que éste no se las hubiese proporcionado.

En ese orden de ideas, la Sala Regional razonó que los órganos jurisdiccionales no son autoridades investigadoras, sino que su papel es resolver las controversias conforme a lo que las partes le presentan, esto es los datos y pruebas que obraban en el expediente, pero no debe llegar a tal grado de suplir las faltas u omisiones de las partes, como pretendían los promoventes.

Por último, se declararon infundados los motivos de inconformidad vinculados con una indebida valoración probatoria, en virtud de que a partir del análisis conjunto de las documentales públicas no puede desprenderse una inferencia valida de que aproximadamente doscientos cincuenta ciudadanos hubieran falseado la información para poder sufragar en la elección extraordinaria del municipio de Chumatlán.

Por lo tanto, se concluyó que fue correcto que la autoridad responsable estimara que no se actualizaban las causales de nulidad invocadas por los actores y al efecto confirmara los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaratoria de validez y la entrega de la constancia de mayoría a favor de la coalición “Veracruz para Adelante”.

En la sesión pública de resolución de este miércoles, se analizaron y resolvieron dos juicios de revisión constitucional electoral.

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