SALA REGIONAL TOLUCA ABONA A LA REPRESENTACIÓN DE GRUPO INDÍGENA MIGRATORIO DE VALLE DE CHALCO, ESTADO DE MÉXICO
25/mayo /2017 / Sala Regional Toluca 17/2017
Toluca de Lerdo, Edo., de Méx., a
En el análisis del asunto los integrantes del pleno consideraron fundados los agravios de los actores relativos a la falta de congruencia de lo resuelto por el tribunal local.
Se consideró que se trastocó el derecho del grupo indígena a la representación política, al ordenar que los representantes indígenas que resulten electos deberán ser reconocidos por el ayuntamiento que se elija para el periodo 2019-2021.
Se reconoció que el tribunal local hizo una buena aproximación al resolver la controversia, y ordenar la emisión de la convocatoria, no obstante, se consideró sin fundamentación que el reconocimiento de los representantes se haga en su caso, por el nuevo ayuntamiento que se elija, circunstancia que trasgredió el derecho de representación política del grupo indígena.
Se explicó que de conformidad con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, el cabildo debió emitir una convocatoria entre el 13 y el 30 de marzo de 2016, con la finalidad de invitar a las comunidades indígenas a elegir, de acuerdo con su sistema de normas internas, procedimientos, tradiciones, usos y costumbres, un representante ante el ayuntamiento, publicarla con su respectiva traducción, en los lugares más visibles y concurridos por los indígenas, y reconocer a los representantes electos a más tardar el 15 de abril de 2016.
En consecuencia, en plenitud de jurisdicción modificaron la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de la referida entidad federativa, a efecto de que el actual ayuntamiento de Valle de Chalco Solidaridad, después de emitir la convocatoria para la elección de representantes indígenas en el municipio, reconozca a los electos y les otorgue las condiciones necesarias para el desarrollo efectivo de sus funciones.
En la sesión pública se resolvieron cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y dos juicios electorales.
Se adjunta al presente la versión estenográfica preliminar de la sesión.
La sesión pública puede consultarse en la página de internet www.portal.te.gob.mx y en la página www.youtube.com /Sala Regional Toluca del TEPJF.
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