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SALA XALAPA CONFIRMA REGISTRO DE FERNANDO YUNES MÁRQUEZ, COMO CANDIDATO DEL PAN-PRD A PRESIDENTE MUNICIPAL DE VERACRUZ, VER.

2 /junio /2017 / Sala Regional Xalapa 28/2017

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 • Confirma las candidaturas del PAN-PRD en Altotonga, Ver.---------------------------------

En la sesión pública de resolución de este viernes 2 de junio de la presente anualidad, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) relativa al registro de Fernando Yunes Márquez como candidato de la coalición “Veracruz el cambio sigue”, conformada por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, a presidente municipal de Veracruz.

Lo anterior, al resolver los juicios de revisión constitucional electoral 35 y 39, promovidos por los partidos políticos Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) y el Revolucionario Institucional (PRI).

La pretensión de los actores era que se revocara la sentencia a fin de que se declarara la inelegibilidad de Yunes Márquez pues, en su concepto, incumplía con la residencia efectiva mínima de tres años anteriores a la elección.

Los magistrados federales declararon como infundados los planteamientos vertidos por los partidos actores al ser insuficientes los medios de prueba a través de los cuales pretendían desvirtuar la constancia de residencia, por cinco años, expedida en favor del candidato a la presidencia municipal de Veracruz, basándose en la carta de aceptación de la candidatura a senador en el proceso electoral de 2012, a través de la cual Fernando Yunes Márquez manifestó tener su domicilio en Boca del Río, Veracruz, documento que resultó no ser idóneo para afirmar que residía en ese municipio, ya que para el cargo de senador no se necesitaba acreditar la residencia, al ser originario de Veracruz.


Sala Xalapa confirma las candidaturas del PAN-PRD en Altotonga, Ver.


En otro asunto, al resolver el juicio ciudadano 526, promovido por Irene Chávez García, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que confirmó los acuerdos del Consejo General del Organismo Público Local Electoral, relacionados con el registro de candidatos para el proceso electoral ordinario 2016-2017 en Veracruz, en especifico el relativo a los candidatos a la presidencia municipal de Altotonga.

Los magistrados de la Sala desestimaron los agravios presentados por la actora con los que pretendía que se modificaran los acuerdos de la autoridad administrativa electoral a fin de ser registrada como candidata a la presidencia municipal por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, ya que por regla general, los actos relativos al registro de candidatos deben ser combatidos por vicios propios más no por actos partidistas.

En ese sentido, si bien la actora planteó la existencia de conexidad indisoluble entre la designación primigenia por el partido y el acto de registro por la autoridad electoral; aun y cuando se registró una candidatura distinta a la originalmente designada, lo cierto es que ello obedeció a una circunstancia extraordinaria ocurrida con posterioridad a la culminación del proceso interno de designación de candidatos, lo cual obligó al referido instituto político a designar de manera directa en ejercicio de su derecho de autodeterminación y autoorganización.

En la sesión pública de resolución de este viernes 2 de junio de 2017, se resolvieron 23 medios de impugnación; de los cuales, 10 fueron juicios ciudadanos y 13 juicios de revisión constitucional electoral.

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