LA SALA REGIONAL DF DEL TEPJF ORDENA SE NOTIFIQUE LA RESOLUCIÓN QUE RECAYÓ A LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE CANDIDATOS DE CONSEJEROS MUNICIPALES DE LA PLANILLA DE EMBLEMA NUEVA IZQUIERDA, SUBLEMA AGENDA SOCIALDEMOCRÁTA DEL PRD.
10/octubre /2014 / Sala Regional Ciudad de México 43/2014
México, D. F.
En el juicio ciudadano promovido por el emblema Nueva Izquierda, sublema Agenda Socialdemócrata, la Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, declaró sustancialmente fundado el concepto de agravio respecto de la omisión atribuida a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral, consistente en que omitió acordar sobre la solicitud de sustitución de candidatos de la planilla, pues si bien hubo una resolución a la solicitud planteada por el actor, ésta no le fue notificada o hecha de su conocimiento, por lo que, no tuvo oportunidad, de conformarse con esa determinación o bien impugnarla.
Así la Sala Regional Distrito Federal, determinó que con la notificación de su sentencia, se adjunte copia simple del oficio anexo que exhibió el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral para que el actor o su representante, tengan conocimiento del oficio y sus anexos, para que, en su caso, se pueda conformar con su contenido, o bien impugnarlo y respecto de los demás agravios planteados por el actor. En este asunto la Sala Regional también consideró que no está en aptitud jurídica para determinar si, efectivamente, a los candidatos sustitutos les corresponde o no su asignación como consejeros municipales, toda vez que primero es necesario resolver si la candidatura sustituta procede o no, para lo cual es indispensable que el actor o su representante tengan conocimiento de la resolución, por lo que, dejó a salvo los derechos del actor para que, una vez conocida la determinación precisada con antelación, promueva el medio de impugnación que considere procedente.
Finalmente en este juicio ciudadano, la Sala Regional Distrito Federal, determinó imponer una amonestación pública al presidente de la Comisión Política Nacional del Partido de la Revolución Democrática, porque fue omiso en cumplir los requerimientos ordenados por el Magistrado Instructor, dado que su omisión implicó una dilación innecesaria en el trámite y consecuentemente en la resolución de este juicio ciudadano y se le ordenó que, en lo subsecuente, cumpla irrestrictamente lo ordenado en todas y cada una de las determinaciones emitidas por este órgano jurisdiccional.
En otro juicio ciudadano, la Sala Regional Distrito Federal, resolvió revocar la negativa de la autoridad responsable para la renovación de la credencial para votar con fotografía que le solicitó la actora, y ordenó que expida y entregue a la ciudadana su credencial para votar con fotografía, dentro del plazo que para tal efecto señaló en su sentencia.
ORDENA TEPJF PUBLICAR CENTROS DE VOTACIÓN PARA ELEGIR A DIRIGENTE NACIONAL DEL PAN
7 /mayo /2014 / Sala Superior 132/2014
México, D.F.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Comisión Organizadora Nacional de la Elección del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Acción Nacional (PAN) que publique, de manera definitiva, los centros de votación y los nombres de los funcionarios de las mesas directivas que serán instaladas para elegir a sus dirigentes nacionales.
Al resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por la representación del candidato a dirigente nacional del partido político, Gustavo Enrique Madero Muñoz, el Pleno declaró fundados los agravios en los que se denunciaron diversas omisiones por parte del órgano encargado de las organización de la elección interna.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, que fue aprobado por unanimidad, se concluyó que la citada Comisión no se ha pronunciado sobre las solicitudes cuya omisión se le atribuyen, con lo que vulnera el principio de certeza de los comicios que se llevarán a cabo el próximo 18 de mayo.
Ante ello, el Pleno le ordenó que, a la brevedad, emita un pronunciamiento respecto a tales solicitudes, además, la Comisión deberá publicar, de manera definitiva, los centros de votación y los nombres de los funcionarios de las mesas directivas y garantizar que las casillas cuenten con las boletas necesarias para que los militantes puedan ejercer el voto, incluso los que se encuentre en tránsito.
Confirman suspensión de derechos a Javier Garza de Coss
En otro asunto, la Sala Superior confirmó la resolución emitida por la Comisión de Orden del CEN del PAN que suspendió de sus derechos partidistas, por tres años, a Javier Garza de Coz, ex presidente del blanquiazul en Tamaulipas.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia del magistrado Salvador Nava Gomar se estableció que el órgano interno fundó y motivó debidamente su determinación, ya que con base en una auditoría externa, se acreditó la existencia de irregularidades en el manejo de fondos del Comité Directivo Estatal.
Dicha información sirvió de base para determinar el grado de responsabilidad del entonces presidente del Comité Directivo Estatal e imponerle una sanción conforme a la normativa aplicable.
Infundada la queja contra I.A.P. por presunta contratación de propaganda electoral
En otro asunto, el Pleno de la Sala Superior confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), autoridad sustituida por el Instituto Nacional Electoral (INE), que declaró infundados los procedimientos sancionadores en contra de Javier Gándara Magaña y la Fundación Ganfer, que es una Institución de Asistencia Privada (IAP).
Por unanimidad, los Magistrados determinaron que, tal como lo determinó la autoridad responsable, con la transmisión del promocional “Desafío Emprendedor Ganfer”, no se acreditó la intención de presentar a la ciudadanía una candidatura registrada, ni posicionar a Gándara Magaña como candidato a algún cargo de elección popular.
Durante la sesión pública, la Sala Superior resolvió 8 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 1 juicio de revisión constitucional electoral, 3 recursos de apelación y 5 recursos de reconsideración, lo que hace un total de 17 medios de impugnación.
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