header

FUNDAMENTAL PARA LA DEMOCRACIA SALVAGUARDAR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS: RAMOS RAMOS

10/mayo /2014 / Sala Superior 135/2014

México D. F.,

  • La actual integración de la Sala Regional Xalapa del TEPJF ha resuelto 193 juicios de dichas comunidades
  • Facilita el TEPJF acceso de indígenas a la justicia electoral

En todo Estado democrático es fundamental salvaguardar, garantizar y proteger los derechos de las comunidades indígenas, en particular los vinculados con su libre autodeterminación y organización, a fin de conservar y reforzar sus instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, afirmó Octavio Ramos Ramos, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Al participar en la II Jornada de Derecho Indígena, organizada por la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ),  campus Amealco, el Magistrado mencionó que en lo que va de la actual integración, la Sala Regional Xalapa, de la que forma parte junto con los magistrados Adín Antonio de León Gálvez y Juan Manuel Sánchez Macías, ha resuelto 193 juicios de comunidades indígenas, relacionados con la elección de sus representantes y autoridades a través del sistema de usos y costumbres.

Ramos Ramos dictó la conferencia “La resolución en materia indígena”, en la que presentó un análisis de las exigencias que implica el estudio y resolución de controversias sobre elecciones en pueblos y comunidades indígenas que se realizan a través de sus sistemas normativos internos.

Indicó que los juzgadores locales y federales deben analizar las controversias que se  presentan entre integrantes de los pueblos originarios, desde una perspectiva enfocada en los derechos humanos, observando la realidad social de las referidas comunidades.

Por ello, destacó la importancia que reviste el hecho de conocer los antecedentes concretos de cada caso, así como el contexto de la comunidad indígena: la lengua, la conformación geográfica y política del municipio, las vías de comunicación existentes, las actividades económicas, el sistema normativo interno y los conflictos electorales previos, entre otros.

Los asuntos en los que se encuentran en juego los derechos indígenas, requieren que el juzgador sea partícipe de su realidad para comprender el origen de sus conflictos, señaló el Magistrado.

Dijo que las sentencias que se emitan en estos casos, no pueden tratarse, ni metodológica ni estructuralmente, como resoluciones comunes “en virtud de que estos juicios tienen una exigencia particular en su  estudio, dado que el sistema electoral que los rige no se encuentra contenido en la ley, ni en norma escrita alguna”.

Suplencia de la queja garantiza acceso a la justicia electoral

En su exposición, subrayó que el TEPJF ha establecido diversos criterios para facilitar el acceso de los integrantes de los pueblos originarios a la justicia electoral, entre los que se encuentra la suplencia absoluta de la queja.

Finalmente, el magistrado Octavio Ramos Ramos, señaló que impartir justicia electoral a los pueblos indígenas es un reto que requiere de un trabajo serio y exhaustivo para entender su problemática y contribuir al reconocimiento y respeto de sus usos y costumbres.

-0-

Síguenos en Twitter @TEPJF_informa y en www.facebook.com/TEPJF