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SALA MONTERREY ORDENA AL CEEPAC DE SAN LUIS POTOSÍ A ENTREGAR EL MONTO DE FINANCIAMIENTO QUE DESCONTÓ A AGRUPACIONES POLÍTICAS AL APLICAR DE MANERA RETROACTIVA LA NUEVA LEY ELECTORAL

13/noviembre /2014 / Sala Regional Monterrey 41/2014

Monterrey, Nuevo León

  • Confirma multa impuesta por el IETAM al PAN por irregularidades en los informes de precampañas en el proceso electoral 2012-2013.

 La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) de San Luis Potosí a que entregue a las agrupaciones políticas estatales “Coordinadora Ciudadana”, “Foro San Luis”, “Consenso Ciudadano” y “Avanzada Liberal Democrática” el monto de financiamiento que les descontó desde el mes de julio de este año, por aplicarles de manera retroactiva la nueva ley electoral local, que resultó en su perjuicio.

Con motivo de la entrada en vigor de esta ley el pasado 1° de julio, el CEEPAC utilizó el nuevo esquema de financiamiento a las agrupaciones políticas, el cual establece que recibirán una cantidad equivalente al 5% del monto que anualmente reciben los partidos políticos, sobre la parte igualitaria para sus actividades ordinarias, y no de la totalidad como lo refería la anterior ley, lo que provocó una diminución en la cantidad concedida.

Al resolver el juicio para la protección de los derechos político-electorales SM-JDC-407/2014, la Sala Monterrey señaló que el financiamiento que se otorga a las agrupaciones políticas ingresa anualmente a su esfera de derechos adquiridos ya que éstas presentaron un plan de acciones en la que establecieron la forma y plazos en que ejercerían la totalidad de los recursos que el órgano electoral local les aprobó para 2014. Por lo que respecta al año 2015 y posteriores, los recursos públicos correspondientes deberán regirse por el nuevo esquema que establece la ley.

Confirma multa impuesta por el IETAM al PAN por irregularidades en los informes de precampañas en el proceso electoral 2012-2013.

Durante la sesión, los magistrados confirmaron la multa impuesta por el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) al Partido Acción Nacional (PAN) por no presentar en tiempo y forma el informe de gastos de precampañas e incumplir con algunos requerimiento de la Unidad de Fiscalización por un monto de doce mil pesos.

El partido político señala en la queja que el IETAM debió considerar el orden de prelación previsto en el código electoral local para la imposición de las sanciones. No obstante, al dictar sentencia del juicio de revisión constitucional SM-JRC-15/2014, los magistrados señalaron que el instituto electoral local aplicó una sanción proporcional a la falta cometida, considerando su gravedad, la capacidad económica del infractor, la reincidencia y todos aquellos elementos que le permitan determinar la sanción correspondiente, conforme a los parámetros establecidos en el código electoral y en sentencias de la Sala Superior de este tribunal electoral federal.


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