MAGISTRADA MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO DICTA CONFERENCIA EN LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
29/noviembre /2014 / Sala Regional Guadalajara 64/2014
Guadalajara, Jalisco.
Dicha conferencia estuvo dirigida a las y los estudiantes cursantes del Diplomado en Derecho Electoral, con quienes compartió algunas reflexiones sobre los aportes de la justicia electoral mexicana en materia de equidad de género, refiriéndose a la labor que en esa materia ha desempeñado el sistema electoral, de conformidad con las necesidades de nuestra sociedad.
También se refirió a algunos retos que en corto y mediano plazo habrán de afrontarse, partiendo en todo momento, señaló, de la base de que el respeto a los derechos humanos constituye un eje fundamental en la impartición de justicia.
Expresó la Magistrada Soto Fregoso, ante las y los estudiantes, del Diplomado de Derecho Electoral, estar absolutamente convencida de que nuestro país es un ejemplo de la importancia que reviste la existencia de un sistema de justicia electoral eficiente, ya que ha representado, señaló, en numerosos procesos electorales, federales y locales, el medio pacífico de solución de controversias, garante del respeto de la voluntad popular expresada válidamente en las urnas.
De igual manera se refirió a las resoluciones, tanto de la Sala Superior, como de las distintas Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, además de algunos tribunales de las entidades federativas, que han incidido de manera directa y positiva, en la participación de las mujeres en la conformación de distintos órganos de representación, tanto a nivel federal como local.
La Magistrada Soto Fregoso explicó que, los tribunales han facilitado el derribo de obstáculos para una mayor y mejor participación de las mujeres en la toma de decisiones, procurando la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, con miras a asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos de todas y todos, en relación con su participación política y el desempeño de funciones en todos los poderes, órdenes y niveles de gobierno; de igual manera señaló que, también han repercutido en el ámbito municipal, incluso en los casos en que las elecciones se llevan a cabo bajo el sistema normativo interno indígena.
Al concluir la conferencia la Magistrada Soto Fregoso, clausuró formalmente el Diplomado.
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DETALLA TEPJF CAMBIOS A LEGISLACIÓN SECUNDARIA DE LA REFORMA POLÍTICO-ELECTORAL
7 /junio /2014 / Sala Superior 161/2014
México, D.F.,
- En el micrositio especializado se hace un resumen del contenido de la Ley General de Partidos Políticos
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) detalla el contenido de la nueva legislación secundaria en materia político-electoral en el micrositio denominado “Consulta Reforma Electoral 2014”, que se ubica en su portal institucional en Internet.
En él se pueden consultar las leyes que se derivan de la reforma constitucional en la materia, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de mayo de 2014.
Se trata de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe), así como de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que pueden ser revisadas por los interesados en la dirección electrónica http://portales.te.gob.mx/consultareforma2014.
En el micrositio se ubica una sección en la que se expone el contenido de la Ley General de Partidos Políticos.
A ella se accede al dar click en “Sistema de Consulta” y elegir la opción partidos políticos, en donde se encuentran, entre otros, los siguientes apartados sobre el tema.
Vida interna
Justicia interna
Registro
Prerrogativas
Acciones afirmativas
Coaliciones
En lo correspondiente a la “Vida interna”, se hace referencia al contenido de los documentos básicos partidistas como son los Estatutos, la protección de los datos personales de los militantes, los lineamientos para la integración de sus órganos directivos, la postulación de candidatos, el derecho de acceso a la información y transparencia en el uso de sus recursos, las reglas para las precampañas y campañas electorales, así como los resultados de las auditorías.
El tema relativo a la “Justicia interna” aborda las obligaciones de los partidos nacionales para establecer procedimientos de justicia intrapartidista, que incluyan mecanismos alternativos de solución de controversias.
En el rubro de “Registro” se hace mención del requerimiento de 3% del total de la votación válida emitida para mantener el registro como partido político nacional o como partido político local, así como de las competencias del Instituto Nacional Electoral (INE) para dar respuesta a la solicitud de nuevas organizaciones que pretendan convertirse en institutos políticos.
Respecto de las “Prerrogativas” se establece que los partidos tienen derecho al acceso a los medios de comunicación, siempre y cuando hayan superado el umbral de 3% de votos recibidos en una elección para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión.
El tema de “Acciones afirmativas” establece que los partidos deberán garantizar la paridad de género en la integración de las listas de candidatos, además de que deberán buscar la participación efectiva de mujeres y hombres en la conformación de sus órganos. Cada instituto político determinará los criterios para garantizar la paridad en las candidaturas.
En lo atinente al tema de “Coaliciones”, se explican los mecanismos para la postulación de candidaturas conjuntas en los procesos federal y locales, además de los requisitos que deben acreditar, tales como la aprobación del convenio, la plataforma electoral, las reglas para el reparto de tiempo aire que se realizará por separado y la prohibición de la transferencia de votos.
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