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DELEGACIÓN RUSA RECONOCE CONTRIBUCIÓN DEL TEPJF A LA CONSOLIDACIÓN DEMOCRÁTICA EN MÉXICO

11/julio /2014 / Sala Superior 200/2014

México, D. F.

  • Representantes de la Comisión Central de Elecciones asisten a Taller Internacional impartido por el INE, la AMEXID y el Tribunal Electoral

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha contribuido a garantizar la credibilidad en el sistema electoral mexicano, ya que protege los derechos político-electorales de la ciudadanía, lo cual permite generar confianza en sus instituciones y consolidar el sistema democrático, señaló Vladimir Kudinov, especialista en jefe de la Comisión Central de Elecciones (CCE) de la Federación Rusa.

Durante su intervención en el Taller Internacional sobre Régimen de Partidos Políticos, Kudinov manifestó que los avances obtenidos en materia electoral son reconocidos a nivel internacional, gracias a que nuestro país cuenta con instituciones como el Instituto Nacional Electoral (INE) y el TEPJF, que garantizan una eficiente organización de las elecciones así como la protección de la voluntad popular, respectivamente.

Aseguró que el Sistema Electoral Mexicano es reconocido por poseer un nivel de credibilidad que crece de forma constante, contrario al de Rusia, donde, de acuerdo con el especialista, falta conocimiento de las leyes electorales.

Explicó que en aquel país, los juzgados civiles son los encargados de resolver los asuntos electorales; por lo tanto, señaló que sus jueces desconocen los estatutos internacionales en materia electoral, y afirmó que en muchas ocasiones este tipo de quejas son rezagadas por falta de conocimiento en el área.

En la sesión de intercambio de experiencias entre autoridades de nuestro país con la Delegación Rusa, Elena Kozyr y Dislava Fadeeva, integrantes de la Comisión Central de Elecciones, coincidieron en señalar que Rusia no posee un sistema electoral universal para toda la Federación, pese a que cuenta con 79 partidos políticos registrados.

Alberto Guevara, titular de la Coordinación de Relaciones con Organismos Electorales (COROE) del TEPJF, quien fungió como moderador, explicó que el modelo especializado de justicia electoral en México es relativamente nuevo; sin embargo, a lo largo de dos décadas se ha fortalecido con la labor de las Magistradas y Magistrados que integran la Sala Superior y las Salas Regionales.

La Delegación Rusa visitó nuestro país del 7 al 11 de julio para participar en el Taller que fue impartido por funcionarios y especialistas en asuntos político-electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en colaboración con el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID) de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), en las instalaciones de los organismos electorales.

La actividad tuvo como finalidad intercambiar experiencias para comparar los sistemas electorales y de partidos políticos, los tipos de financiamiento público y privado, así como los retos y desafíos que tienen ambas naciones es en esa materia.

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA REVOCA ACUERDO DE NEGATIVA PARA OTORGAR CONSTANCIA DE ASPIRANTE A CANDIDATO INDEPENDIENTE

9 /enero /2015 / Sala Regional Guadalajara 1/2015

Guadalajara, Jalisco

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número 466 de 2014, promovido por un ciudadano a fin de combatir la negativa de la 05 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en Jalisco, para otorgarle la constancia de aspirante a candidato independiente a diputado federal por el V Distrito de dicha entidad federativa, así como la inaplicación de los criterios para el registro de candidatas y candidatos independientes a diputadas y diputados por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2014-2015, aprobados en el acuerdo INE/CG273/2014, emitido por el

En dicho juicio, el actor señaló entre sus agravios, que con la negativa combatida se restringió su derecho a ser votado, ya que la responsable no le otorgó el tiempo necesario para cumplimentar los requisitos exigidos normativamente para que se le reconociera como aspirante, en esencia, respecto al acreditamiento de la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la asociación civil que constituyó para contender como candidato independiente.

Por unanimidad de votos, el pleno de la Sala Regional Guadalajara determinó que el citado agravio era fundado y suficiente para revocar el oficio combatido, en virtud a que en la fecha en que el actor presentó su manifestación de intención, era jurídicamente factible que el vocal ejecutivo le previniera para presentar el documento omitido, máxime que el actor acreditó haber realizado oportunamente las gestiones necesarias previstas en la ley, para tener las constancias que debía acompañar a su manifestación de intención, sin que hubiera podido obtener la apertura de la cuenta de referencia por causas que no le eran imputables a él.

Por lo que, la magistrada y los magistrados integrantes de la Sala determinaron revocar el oficio impugnado, y a efecto de restituir al promovente en el uso de su derecho electoral vulnerado, se ordenó a la responsable a emitir una nueva respuesta al actor en la que se le requiera para que dentro del plazo señalado, presente la copia simple del contrato de la cuenta bancaria aperturada a nombre de la asociación civil constituida para contender como candidato independiente.

En la sesión pública celebrada el nueve de enero de 2015, la Sala Regional Guadalajara resolvió dos juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.

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