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Revoca Sala Guadalajara candidatura del PVEM a presidente municipal por Puerto Vallarta, Jalisco

11/mayo /2 / Sala Regional Guadalajara 14/2

Guadalajara, Jalisco.

 
• Confirman Magistrados validez de la elección del PAN para candidato a Diputado Federal por el Distrito X en Guadalajara


La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, deje nulo el registro de Efrén Calderón González, candidato del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) a la presidencia municipal de Puerto Vallarta, Jalisco, y ordenó al Consejo Político Estatal de ese instituto político, registre a José Antonio Joya Rodríguez como su candidato a Edil por el citado municipio.


 Lo anterior es así, debido a que José Antonio Joya Rodríguez promovió un juicio ante este tribunal, en contra de la Comisión Nacional de Procedimientos Internos y el Consejo Político Estatal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), que le negó su registro como candidato a Presidente Municipal por Puerto Vallarta, Jalisco, argumentando que no reunía los requisitos legales y estatutarios para ser postulado a dicha candidatura, no obstante, que él fue el único precandidato registrado en el procedimiento de selección interna

Joya Rodríguez sostuvo que los elementos en que se basó el partido a efecto de negarle la posibilidad de competir como candidato, consistían en pruebas carentes del alcance y validez que se les pretendió otorgar, pues son opiniones sin sustento, que no bastan para demostrar su inaptitud para contender a la presidencia municipal.

Al respecto, el Pleno de la Sala declaró fundados los agravios, toda vez que en las constancias que se encuentran en el expediente, se advierte que los órganos estatales del PVEM, indebidamente negaron la candidatura al ciudadano y se la otorgaron Efrén Calderón González, quien no participó en el procedimiento para postulación de candidatos.

Se llegó a esa conclusión pues en el acta de sesión del Consejo Político Estatal del citado partido político en Jalisco, determinó que Joya Rodríguez no resultaba ser un candidato idóneo, en virtud de la información e investigación realizada en diversos medios informativos, además de incumplir con disposiciones de índole legal y partidario.

Por otro lado, los magistrados de la Sala Guadalajara, confirmaron la resolución emitida por el Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en el Estado de Baja California, en el que sancionó con una amonestación pública al VI Consejo Distrital en el estado.

En otro asunto, la Sala confirmó la resolución emitida por el Pleno de la Comisión Nacional de Elecciones (CNE) del Partido Acción Nacional (PAN), que declaró la validez de la elección interna de candidato a diputado federal, por el Distrito X con sede en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

El promoverte Raúl Octavio Espinoza Martínez argumentó que la CNE del PAN no razonó adecuadamente los actos anticipados de precampaña en que incurrió Francisco Ramírez Acuña, puesto que dichos actos tuvieron un impacto decisivo en el resultado final de la elección y que incidieron de manera determinante en la votación final en la jornada electoral, además de la falta de entrega de la documentación solicitada a la Comisión Estatal Electoral, fue suficiente para acreditar la falta de certeza y equilibrio en la disputa, ya que ante tal falta de información, no se supo cuántas mesas receptoras del voto se instalarían, ni dónde se instalarían éstas, ni la metodología que se siguió para instalarlas, así como el hecho de que no se hubiere levantado acta de escrutinio y cómputo respecto de los resultados de la elección.

Del estudio del juicio, los Magistrados José de Jesús Covarrubias Dueñas, Noé Corzo Corral y Jacinto Silva Rodríguez advirtieron que los anteriores agravios no fueron atendidos en la resolución impugnada, por lo que consideró que no fueron contestados en forma fundada y motivada por los órganos partidistas al emitir su resolución, que dichas irregularidades fueron susceptibles de ser analizadas por la autoridad responsable, es decir, más allá de limitarse a responder que resulta irrelevante el que no se haya levantado el acta de escrutinio y cómputo en los centros de votación, su obligación era verificar la veracidad de los argumentos propuestos por Espinoza Martínez y declararlos fundados o infundados, según se desprendiera del estudio realizado.

Ante la existencia de esta irregularidad, y toda vez que se considera que se violó el principio de certeza en el proceso que se estudia, se celebró en las instalaciones de ésta Sala, una audiencia pública ordenada por el Magistrado ponente José de Jesús Covarrubias Dueñas.

El objeto de dicha audiencia fue la de realizar en presencia de Espinoza Martínez y de Ramírez Acuña, un nuevo conteo de los votos del proceso impugnado, con la finalidad de dotar de certeza y transparencia los resultados obtenidos, y tener elementos que permitieron a esta Sala, considerar si en el caso concreto la irregularidad resultó ser determinante o no para el resultado final de la elección.

De la diligencia practicada, los resultados obtenidos fueron 427 votos a favor de Francisco Javier Ramírez Acuña, 142 para Raúl Octavio Martínez Espinoza, 12 para Israel Antonio Moreno Vera y 12 votos nulos.

Por tanto, en el proyecto se concluyó validamente que si bien es cierto, la irregularidad hecha valer por Martínez Espinoza quedó plenamente acreditada, también lo es que la misma quedó corregida con la diligencia practicada por esta Sala, con lo que quedaron debidamente protegidos los principios rectores de la materia, dotando de confianza y transparencia el proceso impugnado.

Asimismo, los Magistrados ordenaron al IFE en los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua y Jalisco, otorgar la credencial para votar con fotografía a siete ciudadanos, a quienes por diversas causas les fue negado su registro y la expedición del documento correspondiente.

En la sesión pública de este día, la Sala Guadalajara resolvieron 17 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano y dos Recursos de Apelación.

Instalan trabajos permanentes de Salas Regionales de Tribunal Electoral

30/julio /2008 / Sala Superior 99/2008

México, DF

                    • Se acerca más la justicia electoral a la ciudadanía: Alanis Figueroa

Las Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quedaron instaladas hoy, de manera permanente, de acuerdo como lo establecen las reformas constitucionales que en materia electoral aprobó en noviembre de 2007 el Congreso de la Unión.

En ceremonia solemne, la magistrada presidenta María del Carmen Alanis Figueroa manifestó que el Tribunal Electoral, junto con su Sala Superior y sus Salas Regionales, está preparado para actuar y acercar más la justicia electoral a los ciudadanos, conforme a la Constitución y en apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Ante ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consejeros de la Judicatura Federal, integrantes de tribunales e institutos electorales y de partidos políticos, Alanis Figueroa calificó la instalación y operación formal y permanente de las Salas Regionales como “un momento histórico para la justicia electoral en México”.

“Posiblemente, tan significativo, como cuando por primera vez se creó un tribunal electoral, el de lo Contencioso Electoral, en 1987, o su evolución a Tribunal Federal Electoral, como órgano autónomo y de pleno derecho, o como la incorporación del Tribunal Electoral al Poder Judicial de la Federación, en el año de 1996”, dijo.

Expuso también que al reconocer la permanencia de las Salas Regionales y ampliar su ámbito competencial, el Constituyente Permanente, atinadamente, se hizo cargo del inusitado crecimiento que ha tenido el volumen de casos que se presentan para ser resueltos por el Tribunal.

De este modo, explicó, el Constituyente Permanente optó por privilegiar que los asuntos locales se diriman en ámbitos subnacionales; extendió el carácter de Tribunal Constitucional a las salas regionales, y – de mayor importancia para darle vigor a nuestra democracia – acercó la justicia electoral a los justiciables.

Alanis explicó que las Salas Regionales ya no sólo tendrán atribuciones para resolver asuntos vinculados con los procesos electorales federales, como ocurría en el pasado, sino que, además, resolverán, entre otros:

- Recursos de apelación, relacionados con los órganos desconcentrados del Instituto Federal Electoral.
- Juicios de revisión constitucional, relacionados con los comicios para elegir diputados locales y ayuntamientos.
- Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, respecto a las elecciones de diputados y senadores federales electos por el principio de mayoría relativa y también respecto de actos de dirigencias estatales y municipales de los partidos políticos.

La magistrada presidenta reitero a sus pares de las Salas Regionales la confianza depositada en ellos, para que su trabajo fortalezca las instituciones del Estado mexicano y garanticen la justicia pronta y expedita de quienes acudan a esos órganos jurisdiccionales para dirimir controversias en materia electoral.

“Sabemos que mantendrán en alto el papel que se ha ganado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la democracia mexicana a través de sus resoluciones y de sus criterios”, indicó.

Asistieron a la ceremonia solemne los ministros Mariano Azuela Güitrón, Salvador Aguirre Anguiano y Fernando Franco González; los consejeros María Teresa Herrera Tello, Jorge Moreno Collado y Luis María Aguilar Morales; el consejero presidente del Instituto Federal Electoral, Leonardo Valdés Zurita, y los consejeros Francisco Guerrero, Virgilio Andrade y Marco Antonio Gómez Alcanzar, y los representantes del PRI, Sebastián Lerdo de Tejada; Rafael Hernández Estrada, del PRD, y Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza.


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