LA TRANSPARENCIA EN LAS ELECCIONES SE TRANSFORMA EN CONFIANZA CIUDADANA: PENAGOS LÓPEZ
14/agosto /2014 / Sala Superior 233/2014
Mérida, Yucatán,
- Los tribunales electorales deben ser casas de cristal con puertas abiertas, aseguró el Magistrado
- Inauguran en Mérida Encuentro de Magistradas y Magistrados Electorales de la Tercera Circunscripción y Jornadas de Transparencia Electoral
El principio de la transparencia en la impartición de justicia se transforma en confianza ciudadana, ya que a través de ella se dota de certeza y seguridad jurídica a los procesos electorales, afirmó Pedro Esteban Penagos López, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al inaugurar el Encuentro de Magistradas y Magistrados Electorales de la Tercer Circunscripción, celebrado en la ciudad de Mérida, Yucatán, aseguró que la democracia debe ser entendida como sinónimo de transparencia, característica esencial del desempeño de los tribunales electorales, los cuales deben ser auténticas casas de cristal a la luz de los reflectores sociales, bajo un esquema permanente de rendición de cuentas y con puertas abiertas a la ciudadanía.
“La transparencia y el acceso a la información contribuyen a la libre conformación de la opinión pública y a un ejercicio mejor informado de los derechos político-electorales de la ciudadanía, para toda toma de decisiones”, destacó el Magistrado del máximo organismo jurisdiccional del país en la materia.
En la inauguración participaron Adín Antonio de León Gálvez, magistrado presidente de la Sala Regional Xalapa; Octavio Ramos Ramos y Juan Manuel Sánchez Macías, magistrados de esa instancia jurisdiccional; Marcos Alejandro Celis Quintal, presidente del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de Yucatán; Luis Hevia Jiménez, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso local, y Ernesto Herrera Novelo, consejero jurídico del gobierno del estado.
Penagos López destacó que con este evento, el TEPJF refrenda su compromiso de crear espacios de reflexión para fortalecer el Estado de derecho como pilar fundamental de una democracia eficaz y transparente.
Por su parte, De León Gálvez aseguró que el Encuentro se constituye como el espacio ideal para que quienes integran los órganos jurisdiccionales intercambien puntos de vista sobre los nuevos retos que trae consigo la reforma constitucional en materia político-electoral.
En este sentido, consideró que así se crean las bases para prever y encontrar solución a los litigios que se sometan a su competencia. “Es precisamente aquí en donde los jueces de la política contribuimos en la búsqueda por hacer eficiente y oportuna la impartición de la justicia electoral en beneficio del desarrollo democrático de nuestro país”, afirmó.
Al hacer uso de la palabra, Herrera Novelo, destacó la importante labor de la Sala Xalapa como instancia de resolución de los conflictos electorales en esa región, siendo, junto con las autoridades locales, garante de la certeza en la emisión del sufragio.
En tanto, Hevia Jiménez aseguró que con la reforma los ciudadanos tienen la garantía de que su voto será respetado, pues los tribunales, a través de la correcta interpretación de las leyes resolverán apegados en todo momento a la legalidad.
Asegura TEPJF ejercicio de los derechos político-electorales
Posteriormente, al dictar la conferencia magistral “Los nuevos retos de la justicia electoral”, el magistrado Pedro Esteban Penagos López aseguró que frente a una mayor complejidad de la sociedad, el juzgador está obligado a ejercer su labor buscando siempre la más amplia protección de los derechos humanos de las personas.
Por ello, recordó, en días recientes la Sala Superior ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) integrar a los representantes de los candidatos independientes en las sesiones del Consejo General de ese organismo, con derecho a tomar parte en las deliberaciones.
Explicó que el sentido de la norma constitucional era que los candidatos independientes contaran con una auténtica representación ante el Consejo General, en condiciones de equidad respecto de los representantes de los partidos políticos.
Por lo anterior, al advertir que en el Reglamento de Sesiones del referido organismo existían limitaciones, la Sala Superior mandató que se establecieran de manera expresa los derechos de los candidatos no postulados por algún partido político.
Los trabajos del Encuentro se desarrollan a lo largo de hoy y mañana con las Mesas “Las candidaturas independientes y su impacto en la justicia electoral” y “Justicia constitucional y acciones afirmativas. Los ejercicios de ponderación”.
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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CONFIRMA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE JALISCO, RELATIVA A LA PROCEDENCIA DE UNA PLANILLA DE PRECANDIDATOS A MUNÍCIPES EN ENCARNACIÓN DE DÍAZ, JALISCO
6 /febrero /2015 / Sala Regional Guadalajara 10/2015
Guadalajara, Jalisco.
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano número 9617 de 2015, promovido por varios ciudadanos a fin de impugnar la resolución de veintidós de enero pasado, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco en el diverso juicio ciudadano local JDC-197/2015, en el que, entre otras cosas, revocó en la parte conducente el acuerdo emitido por la Comisión Organizadora Electoral Estatal del Partido Acción Nacional (PAN) en Jalisco, que en su momento declaró improcedente el registro de la precandidatura de la planilla de munícipes de Encarnación de Díaz, de dicha entidad federativa, encabezada por Francisco Ángel Romo González.
La controversia se originó a raíz de la renuncia de dos ciudadanos a integrar la planilla referida y de un ciudadano a quien la autoridad tuvo por no cumplida la carta de no adeudo de cuotas especificas del cargo, puesto que fungió como oficial mayor administrativo y según el órgano partidista adeudó los meses de octubre a diciembre del año pasado.
En base a lo anterior, los actores se quejaban que el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, revocara el acuerdo de mérito y registrara la planilla encabezada por el ciudadano Romo González, puesto que los quejosos consideraban que se debía de haber declarado la improcedencia de la planilla respectiva, dado que existían renuncias que fueron subsanadas con ciudadanos.
El pleno de la Sala Guadalajara confirmó la resolución impugnada, en virtud que la falta de pago de las cuotas por parte del ciudadano, no era causa suficiente para decretar la improcedencia de la planilla; respecto a los ciudadanos que habían renunciado, se resolvió que contrario a lo señalado por la Comisión Organizadora Electoral Estatal, decretar que la planilla se encontraba indebidamente integrada, era insuficiente toda vez que con ello se afectaba los derechos político-electorales del resto de los ciudadanos integrantes de la misma, quienes presentaron en tiempo y forma su intención de participar en la elección interna del instituto político.
En la sesión pública celebrada el seis de febrero de 2015, la Sala Regional Guadalajara resolvió 2767 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio electoral y dos juicios de revisión constitucional electoral.