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MORENA NO INCUMPLIÓ LA NORMATIVA ELECTORAL AL TRANSMITIR PROMOCIONAL EN OAXACA: SALA REGIONAL ESPECIALIZADA

20/febrero /2015 / Sala Regional Especializada 14/2015

México D.F.

 · No hay elementos que acrediten participación directa o indirecta de MORENA y Andrés Manuel López Obrador en la contratación de tiempo en radio.

 La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el partido Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) no incumplió la normativa electoral con la transmisión de un promocional en radio en el municipio de San Juan Bautista Tuxtepec, Oaxaca.

En ese sentido, no se acreditó que MORENA y López Obrador hayan contratado el promocional en el que se invita a un evento que tendría lugar en el Parque Juárez del mencionado municipio.

No obstante lo anterior, este órgano jurisdiccional consideró que Sóstenes Bravo Rodríguez en su calidad de concesionario de la emisora XHXP-FM 106.5 y Organización Radiofónica del Papaloapan, S.A. de C.V., incurrieron en las infracciones que se les imputan, en virtud de haber llevado a cabo la transmisión del promocional en radio.

En otro asunto, la Sala Regional Especializada determinó la inexistencia de actos anticipados de campaña por parte del Partido de la Revolución Democrática (PRD) por la difusión del promocional “Queremos ser tu voz”.

En la sentencia se establece que el contenido del promocional no tiene como propósito fundamental presentar una plataforma electoral o promover a un ciudadano para obtener la postulación de una candidatura o cargo de elección popular, como lo argumenta el impugnante.

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