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PEDRO FERRIZ DE CON NO INOBSERVÓ LA NORMATIVA ELECTORAL AL PARTICIPAR EN DOS ENTREVISTAS Y DIFUNDIRLAS EN REDES SOCIALES: SALA ESPECIALIZADA

28/septiembre/2017 / Sala Regional Especializada 37/2017

CDMX

• Las entrevistas fueron realizadas bajo los parámetros de la libertad de expresión periodística sobre temas de interés general para la ciudadanía.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Pedro Ferriz de Con no adquirió indebidamente tiempos en radio y televisión ni realizó actos anticipados de campaña, al participar en dos entrevistas en radio y televisión y difundirlas en redes sociales, así como con otras dos publicaciones que realizó en Twitter.

Lo anterior, en virtud de que se sostuvo que las entrevistas practicadas el 13 y 20 de julio, se realizaron bajo el formato de preguntas y respuestas con manifestaciones espontáneas, fuera de las etapas para la organización y realización de las elecciones, por lo que manifestar su deseo de aspirar a un cargo de elección popular, así como hablar de temas de interés público en respuesta a los cuestionamientos de los periodistas, no constituyó propaganda electoral.

Sobre la difusión de las entrevistas en Twitter y YouTube, la Sala Especializada indicó que es necesario analizar el contenido de las redes sociales para que no existan infracciones a la ley electoral; además, considerar el contexto y localidad, así como la persona que publica el mensaje. Del análisis del expediente, se advirtió que Pedro Ferriz no hizo un llamado expreso al voto, ni promesa de campaña, sino que se refiere a manifestaciones amparadas bajo la libertad de expresión.


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