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DECLARAR LA INCAPACIDAD DE UNA PERSONA, SE ENCUENTRA FUERA DEL ÁMBITO DE ATRIBUCIONES DEL TRIBUNAL ELECTORAL: TEPJF

16/noviembre /2017 / Sala Regional Toluca 35/2017

Toluca de Lerdo, Edo., de Méx., a

 A mediodía de este jueves, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano a través del cual la sexta regidora suplente del Ayuntamiento de Maravatío Michoacán, solicitó la revocación de la sentencia del Tribunal Electoral de la propia entidad federativa, así como la sustitución de la regidora propietaria, alegando una supuesta incapacidad.

 El Pleno de la Sala Regional determinó por unanimidad declarar infundados los agravios de la enjuiciante por los que alegaba que el tribunal electoral michoacano, debió allegarse de mayores elementos a fin de determinar si la regidora propietaria tiene la capacidad física y mental para desempeñar su cargo, tales como la pericial médica y la inspección judicial, incluso, constituirse en las instalaciones del Ayuntamiento para presenciar alguna de las sesiones de cabildo y verificar que la actividad de la regidora propietaria es normal y acorde a sus funciones, para de esta forma, estar en condiciones de declarar su incapacidad para ejercer el cargo y ordenar, en consecuencia, que la actora fuera llamada a desempeñar la sexta regiduría.

Durante la sesión pública los magistrados señalaron que, en principio, todas las personas con una discapacidad cuentan con la presunción del ejercicio pleno de sus derechos políticos. De modo que quien afirme una situación contraria, deberá probar que se es incapaz para ejercerlos. Y en el caso, la interdicción a causa del padecimiento de una enfermedad, es una determinación que compete a una autoridad jurisdiccional distinta a la electoral; es decir, declarar la incapacidad de una persona, tal como lo pretende la actora, se encuentra fuera del ámbito de atribuciones del tribunal electoral. En consecuencia, se confirmó la sentencia impugnada.

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