A través de sus resoluciones, la Sala Regional Ciudad de México hace prevalecer la postulación paritaria y la legalidad en la determinación de asuntos intrapartidistas
1 /febrero /2018 / Sala Regional Ciudad de México 7/2018
Ciudad de México
- Se confirman lineamientos para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular para el proceso electoral local ordinario 2017-2018 en Morelos
- Se modifica la sentencia que anuló el Tercer Congreso Estatal Ordinario del Partido Socialista en Tlaxcala
Se confirman lineamientos para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular para el proceso electoral local ordinario 2017-2018 en Morelos
La Sala Regional Ciudad de México confirmó la determinación del Tribunal Electoral de Morelos que validó los lineamientos para el registro de candidatas y candidatos a cargos de elección popular para el proceso electoral local ordinario 2017-2018 emitidos por el Instituto local.
Lo anterior al considerar ineficaces los argumentos de los Partidos Verde Ecologista de México y Humanista de Morelos relacionados con una supuesta restricción que el principio de paridad hace de la reelección, así como la falta de facultades y de fundamento legal para que dicho Instituto estableciera acciones afirmativas.
Además, la Sala sostuvo que el Tribunal local actuó correctamente al estimar que la prohibición legal de postular a un solo género en los Distritos de menor votación y que las listas de RP sean encabezadas por mujeres permite avanzar hacia la consecución de una verdadera igualdad entre géneros.
En este asunto, la Magistrada Silva Rojas reconoció la labor del OPLE en Morelos por emitir los lineamientos con la debida oportunidad, lo que le da certeza a la sociedad, a las mujeres que quieran participar y también a los hombres de saber en qué demarcaciones podrían hacerlo; y adicionalmente, por el fortalecimiento que hacen estos lineamientos al impulso de la paridad en el estado.
De la misma forma, el Magistrado Presidente Maitret Hernández, expresó que con esta sentencia se dejan firmes los lineamientos, por lo que la consecuencia es que hay una regla clara de cómo deberán postular los partidos políticos a sus candidaturas.
Se modifica la sentencia que anuló el Tercer Congreso Estatal Ordinario del Partido Socialista en Tlaxcala
La Sala Regional Ciudad de México ordenó modificar la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala que anuló el Tercer Congreso Estatal Ordinario del Partido Socialista, para el efecto de que el partido esté en aptitud de depurar y actualizar la lista de personas que tienen derecho a participar en dicho congreso.
Para ello, deberá dar vista a quien estime que está indebidamente excluido con el fin de que demuestre su derecho y, una vez actualizada la lista, pueda ser motivo de impugnación; de no haberla, el partido podrá emitir la convocatoria correspondiente, a efecto de llevar a cabo el nuevo Congreso, con base en un padrón de electores cierto.
Lo anterior al resolver dos juicios promovidos por el propio partido y diversas personas que se ostentaron como sus militantes
La Magistrada Silva Rojas, expresó un voto particular respecto al juicio promovido por el partido, al considerar que debió ser sobreseído ya que en la instancia local actuó como autoridad responsable.