Resuelve la Sala Regional Ciudad de México asuntos relacionados con elección de candidatos del PRI a diputaciones federales y senadurías, así como la nulidad de elección de la comunidad de El Pabellón, Guerrero
1 /marzo /2018 / Sala Regional Ciudad de México 13/2018
Ciudad de México
- Se confirma Convocatoria para designación de candidaturas a diputaciones federales y senadurías del PRI
- El ayuntamiento de Cuautepec, Guerrero, cuenta con facultades para declarar la invalidez de la elección de Comisaría
Se confirma Convocatoria para designación de candidaturas a diputaciones federales y senadurías del PRI
La Sala Regional Ciudad de México confirmó las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional del Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional que validaron la Convocatoria para elegir las candidaturas propietarias a diputaciones federales y senadurías dentro del proceso electoral federal 2017-2018.
Lo anterior porque si bien, solamente estableció requisitos sobre las candidaturas propietarias y no respecto de las suplentes, la Sala Regional consideró que la facultad de autorganización del partido le permite llevar a cabo la elección de sus candidaturas determinando válidamente, en un primer momento, solo las de propietarios.
Por otra parte, contrario a lo sostenido por los inconformes respecto de la falta de designación de las dirigencias de los comités seccionales del partido en la Ciudad de México, los cuales -de acuerdo con la convocatoria- resultaban necesarios para la obtención de los apoyos para postularse como precandidato, durante los juicios se comprobó que tales dirigencias sí estaban debidamente integradas en cumplimiento a lo acordado por el Comité Ejecutivo Nacional del PRI.
El ayuntamiento de Cuautepec, Guerrero, cuenta con facultades para declarar la invalidez de la elección de Comisaría
Al resolver diversos juicios promovidos por el comisario interino de El Pabellón, Municipio de Cuautepec, Guerrero, por quien obtuvo el segundo lugar en las elecciones de dicha comisaría y porel Presidente Municipal del propio ayuntamiento, en contra de la resolución del Tribunal Electoral de Guerrero que ordenó la entrega del nombramiento de comisario y la nulidad del acta de cabildo del doce de enero del año en curso, la sala Regional Ciudad de México determinó revocar dicha resolución.
Ello al considerar que el Tribunal local varió la controversia a resolver y se pronunció sobre aspectos que no fueron controvertidos, generando así una posible confusión entre las partes, ya que la pretensión de la entrega del nombramiento de comisario había quedado superada con la emisión del acta de cabildo que calificó de inválida la elección.
Además de lo anterior, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal, el ayuntamiento cuenta con facultades de verificar, con elementos objetivos y debidamente sustentados, si las elecciones de las comisarías son válidas y con base en ello hacer entrega o no de la constancia respectiva, lo que no debe ser confundido con la anulación de las elecciones.
En consecuencia, se ordenó emitir una nueva resolución sobre el cambio de situación jurídica, quedando firme el acta de cabildo que declaró invalida la elección de la Comisaría Municipal y, como un caso excepcional, se dé oportunidad de impugnar esa determinación a las personas interesadas.