Se resuelve designación de candidatura a Concejalía en Benito Juárez; asunto relacionado con la reincorporación del Presidente Municipal de Chilpancingo; y, asuntos relacionados con sanciones al PRD y PRI en Guerrero
26/abril /2018 / Sala Regional Ciudad de México 27/2018
Ciudad de México
- Se revoca designación de candidata a Concejalía en Benito Juárez
- Se revoca decreto del Congreso local que negó la reincorporación al Presidente Municipal con licencia de Chilpancingo, Guerrero
- Se valida sanción al PRD por irregularidades en sus ingresos y gastos de precampaña en Guerrero
- Se ordena nuevo análisis de la multa impuesta al PRI en Guerrero
Se revoca designación de candidata a Concejalía en Benito Juárez
La Sala Regional Ciudad de México revocó la designación de Brenda Arenas Ocampo como candidata de la Coalición “Por la CDMX al frente” a una concejalía en la demarcación Benito Juárez.
Lo anterior porque en el proceso de selección interna, Arenas Ocampo participó sustituyendo a una fórmula que no obtuvo su registro a la precandidatura, lo que incumple los Estatutos del PRD y la Convocatoria correspondiente, la cual establece que solo podrían sustituirse las precandidaturas aprobadas.
En consecuencia, se ordenó al Comité Ejecutivo del PRD en la Ciudad de México realizar una nueva designación tomando únicamente en consideración las precandidaturas aprobadas y que solicite al Instituto local su registro, vinculando además al respectivo IECM para que resuelva lo procedente.
Se revoca decreto del Congreso local que negó la reincorporación al Presidente Municipal con licencia de Chilpancingo, Guerrero
La Sala Regional Ciudad de México revocó el Decreto del Congreso de Guerrero que negó a Marco Antonio Leyva Mena la reincorporación al cargo de Presidente Municipal de Chilpancingo.
Ello porque el Congreso local sustentó la negativa en el hecho de que el inconforme pidió licencia “por el resto del período”; sin embargo, dicha licencia fue otorgada de manera indefinida y no definitiva.
En consecuencia, se ordenó al Congreso local emitir una nueva determinación en el plazo de 5 días.
Por otra parte, la Sala Regional no puede atender la pretensión de resolver directamente la solicitud de reincorporación en atención al principio de división de poderes.
Se valida sanción al PRD por irregularidades en sus ingresos y gastos de precampaña en Guerrero
La Sala Regional Ciudad de México validó la resolución del Consejo General del INE, en la que se sanciona al PRD por irregularidades en su informe de ingresos y gastos de precampaña a los cargos de diputaciones locales y ayuntamientos, del proceso electoral local 2017-2018, en el Estado de Guerrero.
Lo anterior, porque contrario a lo sostenido por el partido, la propaganda que constituye el motivo de irregularidades sí tenía fines electorales ya que los precandidatos que aparecieron en los espectaculares expusieron su imagen públicamente obteniendo así un beneficio.
Se ordena nuevo análisis de la multa impuesta al PRI en Guerrero
Al resolver el juicio promovido por el PRI en contra de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que validó el acuerdo que le impuso una multa por haber incumplido un requerimiento en el desarrollo de diverso juicio, la Sala Regional Ciudad de México revocó dicha determinación para que se analice y se emita una nueva resolución.
Lo anterior al considerar que el Tribunal local no valoró si se había acreditado correctamente el incumplimiento, además de pasar por alto que, al determinar el monto de la sanción se debieron explicar los parámetros que sirvieron de base para imponerla, como son: la gravedad de la infracción, el bien jurídico protegido, las condiciones sociales y económicas del infractor, entre otras.
En este asunto, si bien el PRI no tendría legitimación para iniciarlo por haber sido autoridad responsable en el juicio que dio origen a la multa, la Sala Regional consideró que con base en la jurisprudencia y los antecedentes que el propio Tribunal Electoral ha emitido, en este tipo de casos era posible conocerlo y resolverlo por excepción, ya que una multa podría afectar el correcto ejercicio de las funciones que conciernen al partido y de manera inmediata y directa a conseguir los fines de participación de la ciudadanía.