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LA JUSTICIA ELECTORAL GARANTIZA LA LEGALIDAD EN LA RENOVACIÓN DE LOS PODERES PÚBLICOS: LUNA RAMOS

12/octubre /2014 / Sala Superior 311/2014

México, D. F.

  • El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral afirmó que la auténtica democracia tiene fundamento en la igualdad
  • La defensa de los derechos fundamentales de mujeres e indígenas, es parte de la agenda del organismo, sostiene

La justicia electoral garantiza la independencia, imparcialidad y legalidad de los procesos de renovación de los poderes públicos, así como el efectivo ejercicio de los derechos político-electorales de la ciudadanía, aseguró José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“La justicia electoral es un elemento fundamental de la democracia contemporánea, que exige la existencia y buen funcionamiento de las autoridades públicas destinadas a instrumentarla”, expresó.

Al participar en la clausura del V Foro de la Democracia Latinoamericana, afirmó que este régimen se ha instalado a lo largo y ancho de nuestro continente y, como idea, forma parte del pensamiento y voluntad de los ciudadanos que habitan en él.

Hizo énfasis en que al ser una forma de organización dinámica, todo régimen democrático exige la existencia y buen funcionamiento de las autoridades públicas destinadas a instrumentarla.

El Magistrado Presidente del TEPJF expresó que en una auténtica democracia, la participación de los ciudadanos debe tener fundamento en la igualdad.

Tutela el Tribunal Electoral los derechos de los grupos minoritarios
Luna Ramos manifestó que el régimen de respeto y libertades es un anhelo que toda sociedad comparte, por lo cual es necesario robustecer los procesos sociales que llevan a su consolidación, así como a las instituciones encargadas de garantizarlo y preservarlo.

En este sentido mencionó que la tutela de los derechos de los grupos excluidos y minoritarios, como es el caso de las mujeres y los indígenas, ha sido parte de la agenda del organismo desde hace por lo menos una década.

La reforma político-electoral fortaleció al Tribunal Electoral
Más adelante, señaló que el Tribunal Electoral se vio fortalecido con las nuevas atribuciones derivadas de la reciente reforma político-electoral, las cuales apenas empiezan a desplegarse.

Entre ellas, se refirió a la nueva Sala Regional Especializada, que se encargará de conocer y resolver los Procedimientos Especiales Sancionadores, con el propósito de garantizar el equilibrio entre los participantes de las contiendas.

Por otro lado, comentó que el V Foro de la Democracia Latinoamericana contribuyó a enriquecer la perspectiva sobre la operación de los sistemas gubernamentales en el hemisferio.

El V Foro de la Democracia Latinoamericana fue organizado por el TEPJF, el Instituto Nacional Electoral (INE), la Organización de los Estados Americanos (OEA), el Fondo de Cultura Económica, el Colegio de México y el Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA- Internacional).

LA SALA ESPECIALIZADA DETERMINÓ QUE LOS PROMOCIONALES DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA ESTÁN APEGADOS AL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS

27/marzo /2015 / Sala Regional Especializada 24/2015

df

• El lenguaje coloquial no puede considerarse como un exceso de libertad de expresión.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de los promocionales en radio y televisión de la propaganda genérica del Partido Nueva Alianza, denominados “Mujeres” y “Turquesa Jóvenes”, no constituyeron una violación a la normativa electoral, ya que la manifestación de ideas, expresiones y opiniones utilizadas en los mensajes se encuentran apegados al ejercicio de la libertad de expresión de los partidos políticos.

Por tal motivo, se estableció que el Partido Nueva Alianza consideró necesario la utilización de un lenguaje coloquial, el cual pudiera resultar incómodo o molesto, sin que esto se pueda tomar como un exceso a la libertad de expresión, puesto que no contiene elementos que puedan calificarse como ofensivas para la ciudadanía.

En virtud de lo anterior, se concluyó que los promocionales antes mencionados no contienen expresiones agresivas o que constituyan un desprecio personal.


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