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LA SALA REGIONAL ESPECIALIZADA DETERMINÓ LA INEXISTENCIA DE ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA Y CALUMNIA EN CONTRA DEL GOBERNADOR DE CHIHUAHUA POR LA DIFUSIÓN DE LOS PROMOCIONALES DEL PAN

27/marzo /2015 / Sala Regional Especializada 23/2015

D.F.

• La transmisión de los spots se realizó en apego a la libertad de expresión, debido a que su contenido difundió información de interés general para la ciudadanía.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de los promocionales transmitidos por el Partido Acción Nacional (PAN), en los que se hace alusión a Horacio Duarte Jáquez, Gobernador de Chihuahua, y al “Sistema Nacional Anticorrupción”, se realizaron en apego a la libertad de expresión.

Lo anterior, ya que si bien en los promocionales aparece el mandatario estatal en una entrevista con su nombre y cargo, al tiempo que se señala que ha sido “acusado penalmente de la probable comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y peculado”, dicha frase no expresa de forma directa que el funcionario hubiera cometido algún delito, pues solo se afirma que ha sido denunciado y ello no es falso ni fue controvertido por las partes.

Por tal motivo, al tratarse de manifestaciones de opiniones con respecto a hechos o situaciones relacionadas con las actividades de un Gobernador, éstas forman parte del debate e interés público y representan una crítica en su carácter de servidor público.

En estos términos, el Pleno afirmó que del contenido de los spots no se advierte que el PAN tenga como propósito fundamental presentar una plataforma electoral o solicitar el voto de la ciudadanía en favor o en contra de algún candidato o partido político para la jornada electoral.

En conclusión, los promocionales se encuentran en el ámbito de permisibilidad y del libre ejercicio del partido político a utilizar su prerrogativa en tiempos de radio y televisión para difundir ideas y generar debate sobre temas de interés general propio del sistema democrático.

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