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LAS CORTINILLAS DE TELEVISIÓN AZTECA PREVIO A LA TRANSMISIÓN DE PROMOCIONALES DE PARTIDOS POLÍTICOS NO VULNERÓ LA NORMATIVA ELECTORAL: SALA REGIONAL ESPECIALIZADA

9 /abril /2015 / Sala Regional Especializada 34/2015

D.F.

• Los mensajes fueron difundidos de conformidad con el derecho de la audiencia a contar con información sobre la transmisión de mensajes políticos.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la difusión de “cortinillas” por parte de Televisión Azteca, previo a la difusión en bloque de promocionales pautados por el Instituto Nacional Electoral (INE), alusivos a distintos partidos políticos, no vulneró la normativa electoral.

Lo anterior, porque el artículo 6° constitucional y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión prevén que contar con información oportuna para distinguir la publicidad que se transmite en televisión constituye un derecho de la audiencia.

Asimismo, estableció que no existen elementos suficientes que acrediten la manipulación de la propaganda de dichos partidos, con el fin de alterar o distorsionar su sentido original para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos.

En conclusión, el Pleno consideró que los mensajes fueron difundidos en apego a la libertad informativa y en atención al derecho de la audiencia, por lo que no constituyen violación en materia de propaganda política electoral.


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