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Legalidad en la designación de candidaturas, protección de derechos a pueblos y comunidades indígenas y protección de derechos político electorales de personas naturalizadas mexicanas: SRCDMX

3 /mayo /2018 / Sala Regional Ciudad de México 29/2018

Ciudad de México

  • Se confirma la designación del PRD a senaduría por el Estado de Morelos
  • Se ordena recepción de lista de candidaturas a regidurías de MORENA para integrar el ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos
  • Se revoca la sentencia que ordenó tomar protesta al Presidente electo de la Comunidad de San Antonio Teacalco, Tlaxcala
  • Se ordena dar trámite de credencial para votar de una ciudadana y un ciudadano naturalizados mexicanos

Se confirma la designación del PRD a senaduría por el Estado de Morelos

La Sala Regional Ciudad de México confirmó el Acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, que designó a Hortensia Figueroa Peralta como candidata a una Senaduría de mayoría relativa en Morelos.
Lo anterior, toda vez que la facultad extraordinaria de designar candidaturas en casos de urgencia es legal y conforme a los fines constitucionales que tienen los partidos políticos, ya que se sustenta en el principio de libertad de autodeterminación ante el riesgo de que el partido se pudiera quedar sin candidatura.
Además, en el caso de tener que efectuar sustituciones, como fue el caso, en la normatividad del partido no se prevé elegir a la candidata suplente como primer criterio y como lo pretendía la interesada María Teresa Domínguez Rivera.

Se ordena recepción de lista de candidaturas a regidurías de MORENA para integrar el ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos

La Sala Regional Ciudad de México revocó la negativa del Consejo Municipal de registrar la lista de candidaturas a regidurías para integrar el Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, presentada por MORENA, ya que dicho Consejo omitió considerar que si el partido entregó sus solicitudes de registro después de la fecha prevista para tal efecto, fue a consecuencia de la sentencia emitida por la propia Sala Regional en diverso juicio, en el que no se protegió el derecho del partido a la postulación, sino el derecho político-electoral de ser votada y votados de los interesados.
En consecuencia, se ordenó al Consejo Municipal recibir la correspondiente lista de candidaturas.

Se revoca la sentencia que ordenó tomar protesta al Presidente electo de la Comunidad de San Antonio Teacalco, Tlaxcala

La Sala Regional Ciudad de México revocó la resolución del Tribunal Electoral de Tlaxcala que ordenó al Presidente Municipal de Santa Apolonia Teacalco, tomar protesta al presidente electo de la Comunidad de San Antonio Teacalco.
Lo anterior al considerar que el tribunal local no tomó en cuenta que el interesado requería de una tutela especial al ser integrante de una comunidad cuyo sistema normativo se rige por usos y costumbres. En consecuencia, se ordenó a dicho Tribunal emita una nueva determinación en la que atienda sus motivos de inconformidad.

Se ordena dar trámite de credencial para votar de una ciudadana y un ciudadano naturalizados mexicanos

La Sala Regional revocó la negativa del INE de incorporar al Padrón Electoral y en la Lista Nominal, así como expedir la Credencial de Elector a una ciudadana y un ciudadano que adquirieron la nacionalidad mexicana por naturalización con posterioridad a la fecha en que concluyó el período para realizar el trámite de credencialización, lo que consideró una causa justificada para aceptar su trámite, pues caso contrario se obstaculiza su goce y ejercicio en contravención a las obligaciones constitucionales y convencionales que esta Sala Regional debe garantizar y proteger.