Se resuelven asuntos derivados del proceso de fiscalización al PRI y a aspirante a candidatura independiente en Guerrero
3 /mayo /2018 / Sala Regional Ciudad de México 30/2018
Ciudad de México
- Se revocan sanciones impuestas al PRI
- Se confirma la pérdida del registro de aspirante a candidatura independiente a la Presidencia Municipal de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero
Se revocan sanciones impuestas al PRI
La Sala Regional Ciudad de México revocó las sanciones que el Consejo General del INE impuso al PRI derivadas de las conclusiones 13, 14, 22 y 23 del dictamen consolidado de la revisión de los informes de precampaña de los ingresos y gastos de las y los precandidatos de los partidos políticos nacionales a las senadurías y diputaciones federales, en el actual proceso electoral.
Lo anterior al considerar que fueron indebidamente fundadas y motivadas al imponerle sanciones distintas respecto a las observaciones formuladas en el oficio de errores y omisiones, lo que generó una incongruencia entre la observación y la conclusión del dictamen.
Además, el INE consideró parámetros distintos a los contenidos en el acuerdo de la Comisión de Fiscalización para el reporte de eventos; por lo que, aquellos eventos que la autoridad electoral consideró como no atendidos en la respuesta del partido, debieron considerarse como reportados de manera oportuna, ya que al introducir nuevos parámetros la autoridad electoral aplicó un criterio restrictivo en perjuicio del PRI.
Se confirma la pérdida del registro de aspirante a candidatura independiente a la Presidencia Municipal de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero
La Sala Regional Ciudad de México confirmó la resolución del Consejo General del INE que sancionó a Aníbal Gabriel Herrera Moro Valdovinos con la pérdida del derecho a ser registrado como candidato independiente a la Presidencia Municipal de Zihuatanejo de Azueta, Guerrero, derivado de la omisión de presentar su informe de ingresos y gastos para el desarrollo de actividades para la obtención de apoyo de la ciudadanía.
Lo anterior al considerarla apegada a derecho ya que no presentó el Informe del origen y monto de la totalidad de los ingresos y egresos dentro del plazo otorgado.
Además, la sanción es proporcional a la falta cometida, pues ante la omisión de presentar el Informe, corresponde la pérdida del derecho a ser registrado como candidato independiente pues se vulnera la certeza y transparencia en la rendición de cuentas, afectando de manera grave las funciones de la autoridad fiscalizadora.