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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESOLVIÓ DIVERSOS JUICIOS CIUDADANOS RELATIVOS AL REGISTRO DE CANDIDATURAS PARA EL PROCESO ELECTORAL 2017-2018

3 /mayo /2018 / Sala Regional Guadalajara 21/2018

Guadalajara, Jalisco

 Durante esta sesión, se revolvieron los recursos de apelación 92, 94, 107 y 111 de 2018, promovidos por dos partidos políticos (PAN y PRD) y un ciudadano, en contra de las sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral relativas a la revisión de sus informes de ingresos y gastos durante las precampañas y las actividades para la obtención de apoyo ciudadano. Al respecto, la magistrada y los magistrados de esta Sala, determinaron modificar (92) y revocar (94,107 y 11) dichas determinaciones, pues se acreditó que los actores no fueron omisos en el reporte de sus gastos, motivo por el cual habían sido sancionados.

También se dio cuenta del juicio ciudadano 154 y sus acumulados 155 y 160, del presente año, presentados por una ciudadana y dos ciudadanos en contra de la designación de candidaturas para diputados locales por el principio de representación proporcional en Baja California Sur, hecha por Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática. Del análisis a las demandas planteadas, se advirtió que el acuerdo por el que se realizó la designación de candidaturas, no fue aprobado por las dos terceras partes del Comité Ejecutivo Nacional del PRD, por lo que, al ser un requisito establecido en sus reglas internas, se resolvió revocar dicho acuerdo y ordenar que se una nueva designación en la que se cumpla la normativa aplicable.

En otro asunto resuelto este día, en el juicio ciudadano 163 de 2018, un ciudadano que había sido designado como candidato a presidente municipal en Villa Corona, combatió el acuerdo del Comité Directivo del Partido Revolucionario Institucional en Jalisco que lo sustituía en su candidatura. Al respecto, se determinó revocar el acto impugnado, pues se determinó que si el candidato había sido electo a través de la celebración de una Asamblea, el partido debió buscar la paridad de género en las candidaturas que habían sido electas por designación directa. Por otro lado, con posterioridad a que el partido haga las sustituciones, el Instituto Electoral local deberá revisar que se cumple con la paridad horizontal y vertical en la postulación de candidaturas.

Además, se resolvió el juicio ciudadano 168 del presente año, en dicho asunto, un aspirante a una candidatura independiente impugnó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco que le negó su registro como candidato a diputado local por el distrito 8 por no cumplir con el requisito de dispersión en por lo menos la mitad de las secciones electorales de dicha demarcación. Al pronunciarse sobre este caso, la Sala Regional Guadalajara estimó que en el caso concreto se trataba de una medida desproporcional, ya que el distrito mencionado cuenta con un número de secciones muy superior al promedio de los distritos de dicho Estado. Se ordenó que en caso de no existir impedimento, conceda el registro como candidato independiente al actor.

Por otra parte, se dictó sentencia a los juicios ciudadanos 175, 177 a 180 y 182 a 196, todos de este año, en los que diversas ciudadanas y ciudadanos impugnaron los acuerdos del Tribunal Estatal Electoral de Sonora que declaró improcedentes los juicios locales presentados por las y los actores, relativos a la designación de candidaturas para diputaciones y ayuntamientos del Partido Acción Nacional, y ordenó remitirlos a la Comisión de Justicia del referido partido para que los resolviera. Al respecto, el Pleno de la Sala Regional confirmó el acto impugnado, debido a que no existió un incorrecto actuar de la autoridad responsable, pues el reencauzamiento atendió a cuestiones derivadas de la improcedencia del salto de la instancia.

También se resolvieron los medios de impugnación que se precisan a continuación:

Expediente

Resolución impugnada

Resolución y motivos

SG-JDC-151/2018

Resolución del Consejo General del INE relativa a la revisión de los informes de ingresos y gastos durante el periodo de obtención de apoyo ciudadano para los aspirantes a una candidatura independiente en Chihuahua.

Confirma, ya que el actor fue omiso en presentar su informe de ingresos y gastos.

SG-JDC-156/2018

Resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que desechó por falta de interés jurídico los medios de impugnación presentados por las y los actores en contra del Dictamen del partido Morena relativo a la designación de candidaturas a munícipes en Jalisco.

Revoca y en plenitud de jurisdicción, confirma la designación de la planilla del partido Morena en Ocotlán, Jalisco, pues esto se realizó conforme a las reglas establecidas por dicho órgano político.

SG-JDC-159/2018

Resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco que determinó la inexistencia conductas relativas a actos anticipados de campaña.

Confirma, toda vez que no se acreditó que la entrevista motivo de la queja se haya transmitido por radio o televisión.

SG-JDC-162/2018

Acuerdo del Consejo General del IEPC Jalisco relativo al registro del convenio de coalición firmado por PAN, PRD y PMC, en atención a una determinación de esta Sala

Confirma, pues el convenio se suscribió apegado a la normativa establecida para ello, así como a la resolución emitida por esta Sala.

SG-JDC-169/2018

Resolución de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a través de la Junta Distrital 13 del INE en Jalisco, que declaró improcedente la solicitud de credencial para votar realizada por el actor.

Revoca, ya que el actor realizó su trámite en tiempo y cumplió con los requisitos, siendo la causa de improcedencia imputable a la autoridad responsable, por lo que se ordena que le expida su credencial para votar.

SG-JDC-170/2018, SG-JDC-172/2018 y SG-JDC-173/2018

Resoluciones de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a través de la Junta Distrital 13 en Jalisco y 08 en Chihuahua del INE relativas a diversas solicitudes de expedición de credencial para votar

Confirma, pues los trámites se presentaron de forma extemporánea.

SG-RAP-98/2018, SG-RAP-112/2018 y SG-RAP-115/2018

Resoluciones del Consejo General del INE respecto de la revisión de informes y gastos relativos a distintos cargos de elección popular

Confirma, pues las sanciones impuestas se determinaron apegadas a derecho.


 Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx