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DURANTE CAMPAÑA ES VÁLIDO SOLICITAR EL VOTO A LAS PERSONAS FORMADAS PARA UN TRÁMITE BANCARIO: SALA ESPECIALIZADA

17/mayo /2018 / Sala Regional Especializada 50/2018

CDMX

 

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los hechos denunciados por el PVEM atribuidos al candidato postulado por la coalición “Por México al frente” a la diputación federal en el distrito electoral 03 en Tuxpan, Veracruz, Arturo Esquitín Ortiz, no constituyen un ilícito en materia electoral.

Lo anterior, porque los actos de campaña, entre ellos, solicitar el voto a personas formadas para ingresar a una institución bancaria se encuentran permitidos por la normativa electoral, además, la mención de que algunas personas de edad avanzada acudieron a renovar la tarjeta en la cual se les deposita el apoyo del programa social “sesenta y cinco y más”, por sí sola, no actualiza la vulneración a las leyes electorales.

En este sentido, la Sala Especializada determinó que al tratarse de conductas permitidas lo procedente es sobreseer (dar por concluido) el procedimiento especial sancionador.

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