LA SALA MONTERREY DECIDIÓ IMPUGNACIONES RELACIONADAS CON LA POSTULACIÓN DE CANDIDATURAS EN LOS ESTADOS DE ZACATECAS, TAMAULIPAS, GUANAJUATO Y QUERÉTARO
25/mayo /2018 / Sala Regional Monterrey 28/2018
Sala Regional Monterrey
La Sala Regional decidió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en el cual, inaplicó en el caso concreto, la disposición de la Ley Electoral de Guanajuato que obligaba a los diputados en funciones que pretendan ser reelectos, solicitar licencia para separarse del cargo un día antes del inicio de las campañas electorales. En este caso, la Sala estimó que era desproporcional que los diputados que actualmente forman parte del Congreso Local y que aspiren a la reelección, tuviesen que separarse de sus funciones. Lo anterior, en razón de que tal requisito no resultaba necesario, al existir otros medios para asegurar los principios de imparcialidad y equidad en la contienda.
En otro de los juicios resueltos en esta sesión pública, el Pleno confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, en la cual avaló los registros de José Adolfo Ríos García y Erika Estela Lomelí Ayala, quienes fueron postulados como candidatos de la coalición “Juntos Haremos Historia” para integrar el Ayuntamiento de Querétaro. Lo anterior porque se concluyó que ambos candidatos habían acreditado el requisito de residencia.
Por otra parte, en un juicio de revisión constitucional decidido por este Tribunal, se confirmó el registro de las planillas postuladas por la colación “Juntos Haremos Historia”, para integrar los Ayuntamientos de Atarjea, Coroneo, Huanímaro, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, San Luis de la Paz, Santiago Maravatío, Valle de Santiago, Victoria, Yuriria, todos del Estado de Guanajuato. En la decisión que tomó este órgano federal, se constató el cumplimiento de los requisitos de ley para la postulación de las mencionadas planillas y, en consecuencia, se determinó validar su registro.
Por cuanto hace al juicio ciudadano relacionado con las candidaturas postuladas por el Partido de la Revolución Democrática para integrar sindicaturas y regidurías, así como presidencias municipales en el Estado de Zacatecas, esta Sala confirmó la designación realizada por el Comité Ejecutivo Nacional del PRD. Ello en virtud de que se subrayó que el referido Comité ejerció su facultad extraordinaria para nombrar tales candidaturas, puesto que el haber exigido que tales nombramientos fuesen aprobados por dos terceras partes de sus integrantes corría el riesgo de no poder postular candidaturas, dado lo avanzado de la fase de campaña.
En este sentido, se concluyó que tales nombramientos debieron considerarse válidos, toda vez que existió cuórum legal para sesionar y ser votados por la mayoría de los integrantes presentes. Como consecuencia de la decisión tomada por la Sala Regional Monterrey, se consideraron válidas las postulaciones realizadas por el Comité Ejecutivo Nacional del PRD el pasado 16 de mayo del presente año.
En un diverso juicio ciudadano, relacionado con las postulaciones de candidaturas también del PRD, pero en el Estado de Tamaulipas, la Sala Regional resolvió diversas impugnaciones promovidas por militantes de ese partido político. Resolución en la que se determinó validar la celebración del Noveno Pleno Extraordinario con Carácter Electivo de tal instituto político en dicha entidad, como la respectiva elección de candidaturas llevadas a cabo el 25 de febrero pasado.
En tal juicio se desestimó el argumento de que debía declararse inválida la celebración del Noveno Pleno Extraordinario, por celebrarse en fecha distinta a la fijada en la convocatoria. Ello en razón a que el mencionado cambio de fecha fue aprobado y difundido por los órganos competentes en forma debida; cuestión que se comprueba con el hecho de haberse presentado la mayoría de los integrantes del Consejo Estatal de dicho Instituto Político, conforme consta en el acta de sesión con la presencia de 76 Consejeros, los cuales aprobaron las candidaturas que tuvieron lugar por unanimidad de votos.
Durante la sesión pública, este órgano de decisión resolvió 48 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 6 juicios de revisión constitucional electoral.
La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, quien la preside y los magistrados Yairsinio David García Ortiz y Jorge Emilio Sánchez-Cordero Grossmann.
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