header

LA SALA REGIONAL XALAPA REVOCA LA RESOLUCIÓN DEL TEECH QUE DEJÓ SIN EFECTO EL REGISTRO DE LA PLANILLA DE CANDIDATOS PRESENTADA POR LA COALICIÓN “JUNTOS HAREMOS HISTORIA”, PARA EL AYUNTAMIENTO DE OCOZOCOAUTLA DE ESPINOSA, CHIAPAS

15/junio /2018 / Sala Regional Xalapa 31/2018

Xalapa-Enríquez, Veracruz

 

En la sesión pública de resolución de este viernes 15 de junio de 2018, al resolver el juicio ciudadano 408 y sus acumulados, promovidos por Javier Alejandro Maza Cruz, Claudia Lorena Gómez González y el Partido del Trabajo (PT), la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) que ordenó al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), de la mencionada entidad, dejar sin efectos el registro de la planilla de candidatos presentada por la Coalición “Juntos Haremos Historia”, integrada por Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), del Trabajo (PT) y Encuentro Social (PES), para el ayuntamiento de Ocozocoautla de Espinosa.

Lo anterior, al resultar fundado el agravio relacionado con la indebida interpretación que hizo el Tribunal local del Convenio de Coalición y de la Convocatoria para el proceso interno de selección y elección de candidaturas del PES, ya que no consideró que el facultado para intervenir en el proceso de selección de las candidaturas a munícipes era el Comité Directivo Nacional y no el Comité Directivo Municipal de dicho partido político.

Asimismo, tampoco tomó en cuenta que, conforme al Convenio, el nombramiento final de candidaturas sería determinado por la Comisión Coordinadora Nacional de la Coalición, considerando los perfiles propuestos por los partidos coaligados.

En consecuencia, se confirmó la planilla de candidatos encabezada por Javier Alejandro Maza Cruz, registrada ante el Instituto local, y se declaró la insubsistencia de los actos derivados del fallo revocado.


La Sala Regional Xalapa confirma asignación de regidurías de representación proporcional en Emiliano Zapata, Veracruz

En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que validó el acuerdo 134/2018 del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de la referida entidad federativa, relativo a la asignación supletoria de regidurías por el principio de representación proporcional del proceso electoral extraordinario en el ayuntamiento de Emiliano Zapata.

Lo anterior, al resolver los juicios ciudadanos 444 y 445, promovidos por Edgar Guillermo Celaya de los Santos y Alejandra Velázquez Suárez, candidatos a regidores por el principio de representación proporcional, postulados por el Partido Nueva Alianza (PANAL).

En las demandas, los promoventes señalaron que el TEV no valoró que el OPLE modificó el ejercicio natural de la distribución de regidurías al momento de hacer las designaciones, ya que, a su parecer, Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) se encontraba sobrerrepresentado, y por ello, debía asignársele la regiduría de manera directa al PANAL, al ser el mayor subrepresentado.

La Sala Regional Xalapa calificó de infundado el agravio en razón de que, contrario a lo aducido, el hecho de que el PANAL obtuviera el 3% de la votación válida emitida no era suficiente para que se le asignara una regiduría, pues ello dependía del total de votos obtenidos en relación con los demás partidos; y considerando que el PANAL no obtuvo la cantidad de votos establecidos en el acuerdo, no era posible tal designación, ya que se le estaría asignando un lugar a un partido político que no representa una fuerza real en el municipio.

Asimismo, se determinó como infundado el agravio referente a la inconstitucionalidad del modelo de asignación, pues los actores no aportaron elementos que evidenciaran tal aseveración. Además de que dicho modelo se realizó en atención a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con el fin de evitar la sobre y subrepresentación en la designación de regidurías.

En la sesión pública de resolución de este viernes 15 de junio de 2018, se resolvieron cuarenta y tres medios de impugnación: treinta y cuatro juicios ciudadanos, ocho juicios de revisión constitucional electoral y un juicio electoral.

-o-

Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL, así como en Facebook Sala Regional Xalapa del TEPJF