SALA ESPECIALIZADA: NO SE UTILIZARON RECURSOS PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO PARA FAVORECER A ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR
26/junio /2018 / Sala Regional Especializada 94/2018
CDMX
La Sala Especializada resolvió que no se acreditó que Adolfo Pontigo Loyola, rector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo; Rosalva Meneses Noeggerath, directora de la Escuela Superior de Tlahuelilpan; Gerardo Sosa Castelán, presidente del patronato de la referida universidad; y Salvador Martín del Campo, coordinador del programa ejecutivo de la licenciatura en médico cirujano de la Escuela Superior de Tlahuelilpan, hubieran incurrido en violaciones a la normatividad electoral al utilizar recursos públicos para un evento proselitista, o que el partido Morena hubiera vulnerado el artículo 244, párrafo 1, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Lo anterior, porque no hay pruebas que acreditaran, entre otros:
• El presunto traslado de las y los estudiantes, menores de edad, contra su voluntad, bajo presiones de toda índole a un evento proselitista de Andrés Manuel López Obrador.
• El empleo de autobuses pagados por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo para transportar al alumnado.
• La compra y entrega de playeras, camisetas y banderas con el logotipo de Morena.
• La asistencia de las personas del servicio público a un acto proselitista en un día y hora hábil.
Finalmente, se destaca que, en los procedimientos especiales sancionadores, los denunciantes tienen la carga de la prueba y si no pueden obtenerlas de manera directa, deben señalarlo, a fin de que sea la autoridad quien las recabe; esto, con independencia de la facultad investigadora de la autoridad electoral.
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