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LA SALA REGIONAL XALAPA RESUELVE 33 JUICIOS DE INCONFORMIDAD RELACIONADOS CON EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS, OAXACA, QUINTANA ROO, TABASCO, VERACRUZ Y YUCATÁN

20/julio /2018 / Sala Regional Xalapa 38/2018

Xalapa-Enríquez, Veracruz

 • Confirma sentencia del TEV que declaró como inexistentes las infracciones por el uso indebido de recursos públicos atribuibles al presidente municipal de Uxpanapa, Veracruz---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

En la sesión pública de resolución de este viernes 20 de julio de 2018, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió 33 juicios de inconformidad promovidos por diversos partidos políticos, a fin de controvertir los resultados de las elecciones de senadurías y diputaciones federales en diversos distritos electorales pertenecientes a los estados de Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

Al resolver los juicios de inconformidad 1, 3, 4, 5, 20, 27 y 69, promovidos por el Partido Nueva Alianza (PANAL), la Sala Regional Xalapa confirmó los resultados y declaración de validez de las elecciones de diputados de mayoría relativa (MR) y de representación proporcional (RP) de los distritos: 03 en Tuxpan de Rodríguez Cano, 07 en Martínez de la Torre, 13 en Huatusco y 16 en Córdoba, todos ellos del estado de Veracruz; 06 en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 06 en Villahermosa, Tabasco, y 02 en Progreso, Yucatán, debido a que se desestimaron los agravios formulados para con la pretensión de modificar los cómputos distritales, o bien, revocar las declaraciones de validez de las elecciones, así como la entrega de constancias de mayoría relativa a los candidatos ganadores.

Por otra parte, al resolver los juicios de inconformidad 18, 24, 70 y 71, promovidos por el PANAL y el Partido Verde Ecologista de México, la Sala Regional Xalapa desechó de plano las demandas presentadas para controvertir los resultados del cómputo distrital, declaración de validez y otorgamiento de la constancia de mayoría de la elección de diputados federales de MR y de RP de los distritos electorales: 03 en Ocosingo y 11 en Las Margaritas, del estado de Chiapas, y, 10 en Miahuatlán, Oaxaca. Lo anterior, dado que dichas demandas fueron presentadas de manera extemporánea, es decir, con posterioridad a los cuatro días señalados por la normativa electoral federal.

De igual forma, al resolver los juicios de inconformidad 8, 14, 16, 17, 21, 28, 29, 34, 36, 42, 46, 50, 55, 59, 67, 68, 73, 75, 77, 79, 81 y 83, promovidos por el PANAL, la Sala Regional Xalapa desechó de plano las demandas presentadas en contra de los resultados de la elección de senadores por los principios de MR y de RP de los distritos: 01 en Pánuco, 02 en Tantoyuca, 03 en Tuxpan de Rodríguez Cano, 04 y 12 en Veracruz, 05 en Poza Rica, 06 en Papantla, 07 en Martínez de la Torre, 08 y 10 en Xalapa, 09 en Coatepec, 11 en Coatzacoalcos, 13 en Huatusco, 14 en Minatitlán, 15 en Orizaba, 16 en Córdoba, 18 en Zongolica y 19 en San Andrés Tuxtla, todos ellos del estado de Veracruz; y 01 en Playa del Carmen, 02 en Chetumal, 03 y 04 en Cancún, del estado de Quintana Roo, en razón de que el partido actor debió impugnar el cómputo que realizaron los consejos locales y no el de los consejos distritales.

Cabe destacar, que la Sala Regional Xalapa recibió 90 juicios de inconformidad presentados para controvertir los resultados de las elecciones federales –senadurías y diputaciones-. En esta sesión pública fueron resueltos 33 juicios de inconformidad, por lo que quedan pendientes de resolver 57 juicios.


La Sala Xalapa confirma sentencia del TEV que declaró como inexistentes las infracciones por el uso indebido de recursos públicos atribuibles al presidente municipal de Uxpanapa, Veracruz

En la misma sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Veracruz (TEV) que declaró inexistentes las infracciones a la normativa electoral consistentes en el uso indebido de recursos públicos atribuibles a Esteban Campechano Rincón, presidente municipal de Uxpanapa, derivado de su asistencia a una cabalgata con motivo de la conmemoración del 21 aniversario del municipio en comento. Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional 172/2018, promovido por el Partido Revolucionario Institucional.

La Sala Regional Xalapa calificó como infundado el agravio relativo a que el TEV no se pronunció respecto a que el presidente municipal denunciado promocionara con recursos públicos, y en un día hábil, al candidato a diputado local por el 28 Distrito con cabecera en Minatitlán, Veracruz - postulado por la Coalición “Por Veracruz al Frente”, integrada por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano- al asistir a la cabalgata referida.

Ya que, pese a que se acreditó la asistencia de presidente municipal de Uxpanapa en dicha cabalgata, del análisis de las pruebas aportadas no se comprobó la realización de actos proselitistas en favor de candidato alguno, ni la utilización de recursos públicos del ayuntamiento.


En la sesión pública de resolución de este viernes 20 de julio de 2018, se resolvieron cuarenta y cuatro medios de impugnación: tres juicios ciudadanos, cuatro juicios electorales, treinta y tres juicios de inconformidad, dos juicios de revisión constitucional electoral y dos recursos de apelación.



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