LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESOLVIÓ SETENTA Y CUATRO JUICIOS DE INCONFORMIDAD PRESENTADOS EN CONTRA DEL CÓMPUTO Y LA VALIDEZ DE LAS ELECCIONES A DIPUTADOS FEDERALES Y SENADORES EN LOS ESTADOS DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL
20/julio /2018 / Sala Regional Guadalajara 38/2018
Guadalajara, Jalisco
En 72 de estos juicios, quienes integran el Pleno de esta Sala determinaron confirmar el cómputo y la validez de la elección, debido a que no se acreditaron o no fueron determinantes las violaciones alegadas en los distintos asuntos presentados (ubicación e integración de casillas, violencia sobre electores o funcionarios de casilla o permitir votar a personas sin estar en el listado nominal).
En el caso de las demandas presentadas contra las elecciones a senadurías, éstas se desecharon por haber sido presentadas en contra de los cómputos distritales, y no en contra del cómputo estatal, que es el que debe tomarse en cuenta para que proceda el juicio de inconformidad contra los resultados de la elección de senadoras y senadores.
En los 2 juicios de inconformidad restantes, correspondientes a los distritos 6 y 19 de Jalisco, sí se acreditó la existencia de infracciones a la legislación electoral y fue modificado el cómputo respectivo, sin embargo, el resultado de la elección se mantuvo y no se registró el cambio de algún ganador.
También fue objeto de resolución el juicio de revisión constitucional electoral 60 de 2018, en el que el Partido Sinaloense impugnó la Sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa que confirmó el acuerdo del Instituto Electoral local, en el que se determinó que, debido a lo avanzado del proceso electoral, era imposible emitir lineamientos o medidas encaminadas a salvaguardar el derecho de los pueblos y comunidades indígenas de nombrar representantes en dicha entidad federativa.
La magistrada y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara confirmaron dicha sentencia, debido a que, en efecto, resultaba imposible emitir los lineamientos solicitados a poco tiempo de llevarse a cabo la jornada comicial; sin embargo, se ordenó dar vista al Congreso Estatal, al Instituto Electoral del Estado de Sinaloa y al Instituto Nacional Electoral, para que en subsecuentes procesos electorales se tomen las medidas que garanticen el pleno acceso y el derecho efectivo de participación de los pueblos y comunidades indígenas en la vida política del estado de Sinaloa.
Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara pueden consultarse en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx