Se resuelven asuntos relativos a la asignación de diputaciones de Representación Proporcional para el Congreso de la Ciudad de México
7 /septiembre/2018 / Sala Regional Ciudad de México 81/2018
Ciudad de México
- Se revoca parcialmente la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México
- La SRCDMX desarrolló la fórmula de asignación de diputaciones para la integración del Congreso
La Sala Regional Ciudad de México, por mayoría de votos, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral local que validó el acuerdo del IECM relativo a la asignación de diputaciones al Congreso de la Ciudad de México por el Principio de Representación Proporcional.
Lo anterior al resolver 12 Juicios de la Ciudadanía y 9 Juicios de Revisión Constitucional Electoral, acumulados al SCM-JRC-169/2018, promovidos por diversas personas en su carácter de candidatas y candidatos a dicho cargo, así como por los partidos políticos Verde Ecologista de México, Humanista de la Ciudad de México, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Encuentro Social, Movimiento Ciudadano, Morena, de la Revolución Democrática y del Trabajo.
Ello, porque el Tribunal Electoral local debió atender la acción de inconstitucionalidad 63/2017 y acumuladas, resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en que se declaró la invalidez de diversas fracciones del Código Electoral local y determinó que para determinar los límites de sobre representación se debe considerar la votación válida emitida en términos de la Constitución Política de la Ciudad de México.
Dicha declaración de invalidez surgió de una contradicción entre el Código Electoral local y la Constitución, al analizar la disminución de los límites de sobre representación de un 8% (establecido en la Constitución de la CdMx) a un 4% (establecido en el Código Electoral) en la que la Suprema Corte expulsó del Código la disposición normativa que señalaba que la sobre representación se calcularía respecto del “4% de la votación local emitida”.
De ahí que, en atención a lo resuelto por la Corte, el Tribunal local no debió tomar como base dicha votación sino la prevista en la Constitución local que es la votación válida emitida.
Además, se resolvió que Morena no se encontraba en el supuesto de excepción a la sobre representación, excepción que únicamente resulta aplicable a aquellos partidos que por sus triunfos en distritos uninominales (de mayoría relativa), obtengan un porcentaje de curules superior al porcentaje de su votación válida emitida más el 8%, lo que no sucedió con Morena en esta elección.
En consecuencia, la Sala Regional llevó a cabo la fórmula para determinar la asignación de las diputaciones por Representación Proporcional.
Realizado dicho ejercicio, se concluyó que las 33 diputaciones de representación proporcional deben quedar asignadas como sigue: 9 para el PAN, 6 para el PRI, 7 para el PRD, 2 para el PT, 3 para el PVEM y 6 para Morena.
El Magistrado Héctor Romero Bolaños emitió un voto particular al considerar correcta la interpretación que hizo el Tribunal local para el desarrollo de la fórmula en la asignación de las diputaciones por dicho principio.