header

Se resuelve asunto de fiscalización de la coalición “por la Ciudad de México al Frente” y su candidato a la alcaldía de Coyoacán

20/septiembre/2018 / Sala Regional Ciudad de México 85/2018

Ciudad de México

  • No se acreditó la ilicitud del uso de la marca del equipo de fútbol “Pumas”
  • Se ordena al INE allegarse de elementos necesarios para determinar la existencia o no de irregularidades relacionadas con la realización de un evento

La Sala Regional Ciudad de México resolvió el Recurso de Apelación 128 del año en curso promovido por el PT para controvertir la resolución del INE que declaró infundado el procedimiento de queja en materia de fiscalización contra la coalición “por la Ciudad de México al Frente” y su candidato a la alcaldía de Coyoacán.

En dicho asunto, el partido inconforme afirmaba que no se reportó el gasto por el uso que hizo el candidato de la marca del equipo de fútbol “Pumas” de la UNAM en playeras, lo que lo favoreció y posicionó su campaña. La Sala Regional consideró que no se acreditó el uso indebido del logo pues no había constancia de que la persona titular de la marca hubiera denunciado tal cuestión y tampoco había constancia de que el IMPI, autoridad competente para resolver dicha cuestión, hubiera resuelto que el uso denunciado era irregular.

Respecto a los elementos incluidos en las playeras, la Sala Regional estimó que éstos refieren en mayor medida a las características personales del candidato como ex jugador.

Sin embargo, respecto de la omisión de reportar los supuestos gastos por un evento realizado en un parque público, consideró que las pruebas aportadas generan indicios suficientes para que la autoridad investigara la existencia o no de las irregularidades denunciadas.

En consecuencia, ordenó a la autoridad electoral investigar si la coalición y el candidato incurrieron en infracciones a la normatividad electoral, únicamente por cuanto hace a dicho evento.