ÉTICA, TRANSPARENCIA Y VOCACIÓN, ELEMENTOS FUNDAMENTALES DE LA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA: LUNA RAMOS
19/febrero /2015 / Sala Superior 42/2015
México, D. F.,
- El Magistrado Presidente de la Sala Superior destacó los vínculos entre la labor jurisdiccional y la creación artística
- La justicia debe generar igualdad entre todas las personas: Armando Manzanero
La ética, la transparencia y la vocación son elementos indispensables tanto para la impartición de justicia como para la labor del artista que crea composiciones musicales, afirmó José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Durante una charla con el compositor e intérprete Armando Manzanero, en el programa El arTE de juzgar, que se transmite en Plataforma Electoral, el canal de televisión por Internet del TEPJF, el Magistrado destacó el estrecho vínculo entre la actividad de los especialistas del Derecho y los virtuosos de las artes.
“El arte de juzgar, al igual que la música, el arte de componer, tienen que estar imbuidos de cierta situación de ética, de romance, de claridad, de transparencia, de buen gusto”, afirmó el Magistrado Presidente del máximo organismo jurisdiccional en materia electoral del país.
Al referirse a la vocación de quienes se dedican al estudio y aplicación de las leyes, Luna Ramos dijo que, como el músico, éstos tienen muchas facetas, ya que pueden desempeñarse como litigantes, funcionarios o catedráticos. “Entonces, yo creo que también el músico tiene una serie de facetas, que dominan ciertas cosas, pero el arte de comunicar sus sentimientos, sólo se le da al compositor”, expresó.
El Magistrado, con más de 40 años como juzgador, se dijo convencido de la relevancia que tiene la justicia. “Mientras exista la justicia tenemos una razón de ser”, manifestó tras recordar diversas melodías que a su consideración se pueden identificar con su actividad.
La justicia se persigue y permanece en todos los aspectos de la vida: Manzanero
Por su parte, Armando Manzanero destacó que la justicia debe ser perseguida, a fin de que permanezca en todos los actos de la vida cotidiana, generando condiciones de igualdad entre las personas. Agregó que este valor se hace cada vez más presente, ya que los continuos cambios en el mundo la hacen más necesaria.
En este sentido, aseguró que los especialistas en materia jurisdiccional, así como los grandes artistas, requieren que su actividad sea una afición y una vocación personal, que desarrollen las aptitudes de las personas.
“Para llegar a ser Magistrado hay que pasar por libros, por cosas, por asuntos, por juzgados y por todo. Igual pasa con la música, si uno tiene la afición, si uno tiene la vocación para eso, te va a ser fácil”, agregó.
Manzanero consideró que la creación artística también requiere apegarse a una conducta ética, a fin de innovar y no utilizar composiciones ya existentes. “La ética es ver la forma de que lo que uno escriba sea realmente una creación para que el espíritu tenga ese encanto de haber hecho algo nuevo”.
El arTE de juzgar es un espacio en el que las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Electoral, todos los jueves a las 10:30 horas, conversan con un invitado del ámbito cultural y de las artes, acerca de algún principio o valor relacionado con la labor jurisdiccional.
El programa, que se transmite por Plataforma Electoral, es parte de las actividades del TEPJF para difundir la cultura democrática y puede descargarse en línea en el sitio: www.te.gob.mx/plataformaelectoral
ORDENA LA SALA REGIONAL TOLUCA DEL TEPJF LA CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE LA CANDIDATA DEL PARTIDO DEL TRABAJO A PRESIDENTA MUNICIPAL DE ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO.
3 /junio /2015 / Sala Regional Toluca 46/2015
Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a
Los integrantes del pleno razonaron que el tribunal responsable no valoró la totalidad de los elementos puestos a su consideración, ya que omitió el estudio de la información contenida en la página electrónica oficial de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
En tal sentido, determinaron revocar la referida sentencia y hacer el estudio de fondo del asunto con plenitud de jurisdicción, declarando fundado el agravio relativo a la inelegibilidad de la candidata por el referido instituto político, toda vez que no obstante de haber solicitado su licencia al cargo de diputada federal el 4 de marzo del presente año, continuó realizando las actividades propias de dicho cargo durante un periodo aproximado de 30 días posteriores, lo que resultó violatorio a lo dispuesto tanto en la Constitución local como en el Código Electoral Estatal y los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.
En su intervención la magistrada ponente María Amparo Hernández Chong Cuy, refirió que la ciudadana no está en situación de elegibilidad por no separase materialmente del cargo de diputada federal ya que siguió participando en las sesiones del Congreso y que en atención a la jurisprudencia tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de la Sala Superior del TEPJF, se desprende que es exigible la separación oportuna del cargo.
Por su parte el magistrado Juan Carlos Silva Adaya manifestó que la cultura de la rendición de cuentas, la transparencia y la forma en que se valora esto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los tribunales colegiados, se están citando los precedentes en cuanto a que se trata de un hecho notorio.
Asimismo, cuestionó ¿qué efecto podría tener lo que se transparenta en esta cultura de la rendición de cuentas si no puede surtir o servir como mecanismo probatorio en este tipo de juicios? Es una cuestión muy común cómo los ciudadanos, las ciudadanas, los partidos políticos hacen uso del derecho de acceso a la información para proveerse de pruebas y a través de las mismas exhibirlas en el juicio.
Finalmente aclaró que lo relevante es que está acreditado finalmente que se estuvo votando en diversas determinaciones del Órgano Legislativo, y en ese sentido no se dio materialmente la separación del cargo, actualizándose el supuesto de inelegibilidad.
En consecuencia los magistrados revocaron el acuerdo impugnado y cancelaron el registro correspondiente.
En la sesión pública celebrada en esta fecha se resolvieron 23 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 5 juicios de revisión constitucional electoral 1 juicio electoral y 2 recursos de apelación.
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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán