SE CONFIRMA SANCIÓN POR COLOCACIÓN PROHIBIDA DE PROPAGANDA EN EQUIPAMIENTO URBANO DE FRANCISCO CIENFUEGOS MARTÍNEZ
17/junio /2015 / Sala Regional Monterrey 38/2015
Monterrey, Nuevo León
- Se determina que la exhibición del material generó un beneficio directo de promoción tanto al entonces candidato como a la coalición “Alianza por tu seguridad”
- Desecha quejas sobre cómputos distritales por carecer de la definitividad requerida por la ley
La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL), que determinó existente la violación por la colocación prohibida de la propaganda electoral en equipamiento urbano de Francisco Reynaldo Cienfuegos Martínez, entonces candidato a la alcaldía de Guadalupe por la Coalición “Alianza por tu seguridad”, integrada por los partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Demócrata.
Contrario a lo referido por el candidato en su queja, los magistrados al dictar sentencia del juicio ciudadano SM-JDC-508/2015, advirtieron que el tribunal local para acreditar la fijación prohibida de propaganda en un árbol y poste de energía eléctrica, alusiva a Cienfuegos Martínez, sí analizó las pruebas consistentes en la impresión de dos fotografías y la inspección realizada por la autoridad administrativa. Determinaron también, que la exhibición del material les generó un beneficio directo de promoción tanto a la coalición como al candidato. En cuanto al señalamiento del actor, respecto a que sufrieron una serie de robos de la propaganda colocada en lugares permitidos por la ley, no existe prueba en el expediente de que esto se hubiera hecho del conocimiento de la autoridad competente, a fin de deslindarse de cualquier conducta ilícita. Por tanto, se concluyó confirmar la resolución y la amonestación pública impuesta como sanción.
En la sesión, la Sala Monterrey tuvo por no presentado el recurso de revisión SM-RRV-3/2015, del PRI contra las designaciones del Consejo Distrital 01 del Instituto Nacional Electoral (INE) en Querétaro, de diversos funcionarios de casilla en el municipio de Pinal de Amoles. Conforme a la ley, Francisco Gonzalez Montoya, persona que presentó la demanda, no acreditó ni subsanó el requisito de tener el carácter de representante legítimo del partido ante la autoridad administrativa responsable. Por ello, se tuvo por no presentado el recurso.
Por último, la Sala Monterrey desechó los juicios electorales SM-JE-7/2015 y SM-JE-8/2015. El primero presentado por el Partido Acción Nacional (PAN) contra la negativa del Consejo Distrital 09 del INE en Guanajuato, de realizar el recuento total de votos de la elección a diputados federales por mayoría relativa. El segundo del Partido Humanista, que se inconformó ante el Consejo Distrital 08 del INE en la misma entidad, respecto de diversos hechos que consideró ilegales en la elección. Ambos juicios se desecharon pues los plazos legales para impugnar iniciaron a partir del día siguiente de que concluyó el cómputo distrital, y las demandas se presentaron en la sesión previa al cómputo distrital y el día de dicha sesión, respectivamente. Por tanto, al carecer los actos impugnados de la definitividad requerida, se determinó desechar las inconformidades.
Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 2 juicios electorales, un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, y un recurso de revisión, que hacen un total de 4 medios de impugnación.
Síguenos en Twitter @TEPJF_MTY
http://portales.te.gob.mx/salas/salas/2
LA JUSTICIA ELECTORAL VELARÁ POR LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES DURANTE EL PROCESO ELECTORAL: LUNA RAMOS
27/marzo /2015 / Sala Superior 80/2015
México, D. F., a
• Dijo que los efectos de la resolución, que garantizó la presencia femenina histórica en el Congreso la Unión, se recogieron y ampliaron en la reciente reforma político-electoral
La justicia electoral velará por la más completa protección de los derechos de las mujeres durante los procesos electorales federal y los 17 locales que se encuentran en marcha, aseguró José Alejandro Luna Ramos, magistrado presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al participar en el foro “Hacia una democracia igualitaria”, realizado en la sede de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), manifestó que la participación femenina en todas las esferas de la sociedad, es un elemento esencial para la construcción de una comunidad justa, libre e igualitaria.
En ese sentido, Luna Ramos comentó que las instituciones del Estado mexicano están redoblando esfuerzos y sumando voluntades para diseñar una sociedad democrática.
Señaló que la tutela de los derechos fundamentales es la auténtica vocación del Tribunal Electoral, ante ello, dijo que el organismo pondrá especial atención a la defensa de las prerrogativas de las mujeres. “La solidez de nuestro compromiso se ha traducido en un arduo trabajo de naturaleza jurisdiccional, así como en una activa política de divulgación de los valores democráticos”, indicó.
Afirmó que la desigualdad histórica que han sufrido las mujeres, marginándolas a desempeñar un papel secundario en el tejido social, tiene raíces culturales y es un estigma que se debe borrar. “Sabemos que es posible combatir la desigualdad entre mujeres y hombres a partir de medidas afirmativas y vigorizar el derecho a la igualdad en los hechos”, dijo.
Sostuvo que las legislaturas de todo el mundo han instrumentado mecanismos de inclusión de los sectores o grupos sociales discriminados. “Ese es el origen de las medidas gubernamentales conocidas como acciones afirmativas. Las cuotas de género como parte de estas acciones, han demostrado ser un mecanismo efectivo para ampliar la participación femenina en el espacio público”, agregó.
El Magistrado Presidente de la Sala Superior refirió que en ese contexto se ubica la sentencia dictada en el juicio ciudadano 12624, que ameritó la distinción que recibió hoy de manos de la Red de Mujeres en Plural A.C., en el marco del foro “Hacia una democracia igualitaria”.
Al hacer referencia a la resolución, Luna Ramos puntualizó que en ésta se estableció una medida afirmativa que permitió garantizar las cuotas de género en las candidaturas para ocupar cargos legislativos, con lo cual se hizo efectivo el derecho de las mujeres a participar en la toma de decisiones.
Afirmó que la mencionada resolución constituye un deber y un compromiso con la ley, asumido con firmeza por el Tribunal Electoral a favor del disfrute igualitario de los derechos político-electorales de la ciudadanía.
Los efectos de la sentencia 12624 se recogieron y ampliaron en la reciente reforma
Subrayó que la mayor satisfacción que generó en el TEPJF, es que los efectos de la sentencia se recogieron y ampliaron en la reciente legislación electoral, aprobada en febrero de 2014. “De igual manera, nos llena de alegría saber que los pormenores de esta resolución, así como de los derechos político-electorales de las mexicanas y los medios para hacerlos valer, se detallen en un libro”, agregó.
Los alcances de la sentencia, gracias a la cual se logró una presencia femenina histórica en el Congreso de la Unión, se abordan en el libro “Contigo Aprendí, una lección de democracia gracias a la sentencia 12624”, de la autoría de Adriana Ortiz Ortega y Clara Scherer Castillo, que también fue presentado durante la citada actividad.
Al Foro se dieron cita Benito Nacif Hernández, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE); Silvia Hernández Enríquez, e integrantes de la Red de Mujeres en Plural A.C. y ex secretaria de Turismo; Dulce María Sauri Riancho, ex gobernadora de Yucatán; así como Lorena Cruz Sánchez, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa, y en www.facebook.com/TEPJF