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RESUELVE SALA REGIONAL TOLUCA DEL TEPJF MEDIOS DE IMPUGNACIÓN RELACIONADOS CON ACTOS PREVIOS A LA JORNADA ELECTORAL

18/junio /2015 / Sala Regional Toluca 49/2015

Toluca de Lerdo, Edo. de Méx., a

En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió seis medios de impugnación promovidos por diversos actores políticos y que estuvieron relacionados a acontecimientos previos a la jornada electoral.

En uno de los asuntos, promovido por Alejandro García Vázquez, se impugnó una sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de México, mediante la cual, entre otras cuestiones, se revocó un acuerdo y se determinó dejar subsistente otro, emitidos por el Instituto Electoral de la citada entidad federativa, respecto del registro solicitado por el partido político Morena para integrar la planilla de miembros de ayuntamiento de Zumpango en el Estado de México.

En el análisis del asunto, los integrantes del pleno determinaron desecharlo por improcedente, toda vez que el actor pretende ser registrado como candidato a regidor, pero al haberse llevado a cabo la jornada electoral resultó notoriamente improcedente.

En otro de los asuntos analizados en la sesión y promovido por Karina Pérez Sánchez, en contra de su supuesta renuncia a la candidatura de primera regidora por el Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, postulada por el Partido Encuentro Social, se determinó desechar de plano la demanda, toda vez que se consideró improcedente, ya que el acto reclamado es irreparable, pues la pretensión de la actora radicó en que se tenga por no interpuesta su renuncia y, en consecuencia, subsista su registro como candidata a regidora por el referido ayuntamiento.

En consecuencia, y con independencia de que pudieran resultar fundados o infundados los conceptos de agravio expresados por la enjuiciante, las elecciones constitucionales de la referida entidad, fueron celebradas el pasado 7 de junio del presente año, imposibilitando al órgano jurisdiccional, en el caso de que así lo fuera, resarcir a la promovente en el goce del derecho que considera le fue violado.

Por lo que tocó al juicio promovido por María del Rocío Martínez Martínez, en contra de su supuesta sustitución de su candidatura para participar en la elección de munícipes para el proceso electoral ordinario local 2014-2015, en el ayuntamiento de Tepetlaoxtoc, Estado de México, se declaró improcedente el conocimiento del juicio en la vía per saltum y después sobreseerlo, toda vez que el acto que se impugna de igual forma es ya irreparable.

En la sesión pública celebrada en esta fecha se resolvieron cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, un juicio de revisión constitucional electoral y un juicio electoral.


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Quinta Circunscripción
Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán

LOS TRIBUNALES CONSTITUCIONALES DEBEN GARANTIZAR CERTEZA Y SEGURIDAD JURÍDICA FRENTE A VACÍOS LEGISLATIVOS: MAGISTRADOS ELECTORALES

29/marzo /2015 / Sala Superior 84/2015

México D. F., a

  • La eficiente impartición de justicia genera confianza en las instituciones: Penagos López
  • El TEPJF tutela los derechos pese a la carencia de leyes reglamentarias: González Oropeza
  • La Sala Superior ha hecho efectivas las candidaturas independientes: Carrasco Daza
  • El PJF ha creado criterios jurídicos para atender omisiones legislativas: Otálora Malassis

 Los tribunales constitucionales tienen la obligación de otorgar certeza y seguridad jurídica frente a vacíos o deficiencias en la legislación que dificulten el cumplimiento de los principios constitucionales, coincidieron en señalar Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que participaron en el Seminario Internacional sobre Omisión Legislativa.
Durante su intervención en la mesa “Las omisiones legislativas en el ordenamiento jurídico mexicano”, Pedro Esteban Penagos López, magistrado de la Sala Superior, aseguró que la eficiente impartición de justicia genera confianza en las instituciones y en el sistema electoral.
Refirió que ante omisiones legislativas, los órganos de control de constitucionalidad deben actuar sin que eso sea considerado como una invasión de las funciones del Poder Legislativo, pues todo Estado democrático de derecho requiere de instituciones que garanticen la vigencia de la Carta Magna.
El Magistrado expuso diversas resoluciones que la Sala Superior ha emitido frente a vacíos de la ley, con las cuales se han protegido los derechos fundamentales de la ciudadanía y se ha refrendado el compromiso del TEPJF con la consolidación de la democracia.
El TEPJF tutela los derechos humanos a pesar de la carencia de leyes reglamentarias
Al participar en la misma mesa, el magistrado Manuel González Oropeza señaló que el Tribunal Electoral ha garantizado la protección de los derechos humanos a pesar de la carencia de leyes reglamentaria en casos donde existe una omisión legislativa.
Agregó que tanto el legislador como el juez son intérpretes de la ley y, por lo tanto, garantes de la Constitución. Agregó que esto fue ratificado con la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, que estableció la obligación de todas las autoridades de proteger esas garantías.
Explicó que, frente a casos de omisión legislativa y en contextos políticos complicados, el TEPJF ha optado por enfocar sus resoluciones en las autoridades administrativas, a fin de que se garantice la aplicación del mandato constitucional, en tanto es emitida la reglamentación correspondiente.
El PJF ha creado criterios jurisdiccionales para tutelar las garantías fundamentales
En su oportunidad, Janine Madeline Otálora Malassis, magistrada presidenta de la Sala Regional Distrito Federal, explicó que la omisión legislativa implica una pérdida de control y certeza jurídica a la que debe darse respuesta.
En este sentido, destacó que el Poder Judicial de la Federación (PJF), a través de la SCJN y del TEPJF, se ha convertido en protagonista en la creación de criterios jurisdiccionales enfocados a tutelar los derechos humanos en nuestro país.
Precisó que la práctica político-electoral siempre rebasa la norma, lo que implica que el juez en la materia tenga que interpretar los alcances de la ley en casos concretos.
Las autoridades deben garantizar la protección más amplia de los derechos
Por otra parte, al intervenir como moderador en la mesa “Problemas constitucionales que genera la omisión legislativa”, Constancio Carrasco Daza, magistrado de la Sala Superior, manifestó que en 2011, el bloque de constitucionalidad tuvo una verdadera redefinición al determinar la obligación de todas las autoridades del orden jurídico a favorecer la protección más amplia de los derechos humanos.
Aseguró que las omisiones legislativas deben de encontrar una respuesta en la tutela judicial. “Nos corresponde como tribunales ejercer esta tutela cuando se encuentra involucrados derechos humanos que no encuentran cobijo dentro de nuestro orden jurídico interno”, expuso.
El Magistrado refirió que la Sala Superior ha realizado esfuerzos jurisprudenciales para resolver los casos donde han existido omisiones legislativas, tales como las candidaturas independientes, donde se ha ordenado a los Congreso locales legislar en la materia para materializar este Derecho.
Al clausurar los trabajos del Seminario Internacional sobre Omisión Legislativa, que se realizó los días 26 y 27 de marzo en el Auditorio José Luis de la Peza de la Sala Superior, Penagos López señaló que ese espacio sirvió para analizar la importancia de llenar vacíos en la ley y observar la actividad del Poder Judicial, en un ánimo de cooperación entre autoridades para proteger los derechos humanos y la dignidad de las personas.
Con estos eventos, afirmó, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratifica su compromiso inquebrantable con la democracia, pues a partir del intercambio de experiencias con juzgadores nacionales e internacionales enriquece la visión sobre la forma de impartir justicia para hacer vigente el sistema democrático.
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