SE MANTIENE FIRME LA ELECCIÓN DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL EN HIDALGO.
26/febrero /2019 / Sala Regional Toluca 7/2019
Toluca de Lerdo, Estado de México
Estado de México.
En los juicios ciudadanos 7 y 8 de 2019, ambos relacionados con diversos procedimientos disciplinarios al interior del partido político Morena en el Estado de México, los magistrados de la Sala Regional resolvieron confirmar las determinaciones del Tribunal Electoral mexiquense, en razón de que, contrario a lo aducido por los actores, la autoridad jurisdiccional sí expresó en sus respectivas sentencias los motivos por los cuales concluyó que la Comisión de Nacional de Honestidad y Justicia había resuelto con base en las pruebas existentes, de modo que dicha autoridad cumplió con su obligación de motivar su sentencia.
Por otra parte, respecto del agravio relativo a que el tribunal local no atendió su solicitud de ordenar garantías de no repetición, el Pleno de la Sala advirtió que la emisión las medidas solicitadas en ambos juicios partía de la premisa de que los hechos en cada uno de ellos quedaran acreditados, por lo que, al no haber sido así, el tribunal responsable se encontraba impedido para decretarlas.
Hidalgo.
El juicio ciudadano 6 de este año, fue presentado por diversos ciudadanos del Partido Acción Nacional para controvertir la sentencia del Tribunal Electoral de Hidalgo relacionada con la elección de integrantes del Comité Directivo Estatal en dicha entidad federativa.
En este caso, la magistrada y magistrados que integran la Sala Regional del TEPJF con sede en Toluca, resolvieron confirmar la sentencia del Tribunal Electoral local, toda vez que no se acreditó que la participación de uno de los integrantes de la planilla ganadora durante la etapa de emisión de la convocatoria, se hubiese materializado en una afectación al resultado final de la elección.
En tanto, referente a la integración de las mesas directivas de casilla, el Pleno de la Sala determinó declarar infundados los agravios ya que estos actos pertenecen a una etapa previa, cuyos efectos fueron aceptados por los actores al no haberlos combatido en su momento.
Por último, adicionalmente a las ordenadas por el tribunal local, los magistrados de la Sala determinaron dar vista a la Comisión de Orden y Disciplina del PAN, tras advertir actos que pudieran configurar violencia de género contra una militante en funciones de representante de planilla en la casilla de Tezontepec de Aldama. Lo anterior a fin de que los hechos no queden sin la investigación que amerite por parte de la instancia disciplinaria interna de dicho partido político.