SENADORA DE MORENA NO FALTÓ A LA LEY POR APOYO A ARMENTA EN PUEBLA: SALA ESPECIALIZADA
10/abril /2019 / Sala Regional Especializada 10/2019
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las manifestaciones de apoyo al entonces senador con licencia y precandidato a la gubernatura de Puebla, Alejandro Armenta Mier, realizadas por la senadora de Morena, Lucía Virginia Meza Guzmán, no constituyeron actos anticipados de campaña ni uso indebido de recursos públicos.
Las declaraciones se realizaron el 5 de marzo pasado en rueda de prensa en las instalaciones del Senado de la República y posteriormente se difundieron en la cuenta de Twitter de la senadora. La mayoría del Pleno consideró que, si bien se trataron de expresiones de apoyo, no solicitaban de manera expresa el voto a su favor, ni se solicitó el voto a favor o en contra de determinada precandidatura o instituto político.
En cuanto al análisis del presunto uso indebido de recursos públicos por haberse utilizado la infraestructura del recinto legislativo, la mayoría resolvió que las expresiones de solidaridad o apoyo hacia una precandidatura por parte de una legisladora -en la cual subsisten su carácter de representante popular y su afiliación partidista- se encuentran dentro del parámetro de legalidad, porque esa doble cualidad justifica cierta cercanía con los proyectos y políticas públicas impulsadas por su partido, así como con otros y otras militantes o simpatizantes y la referencia al proceso de selección interno de la candidatura que representaría a Morena, fuerza política de la que forma parte la representante popular.
Además, la senadora no distrajo sus funciones parlamentarias al momento de expresar su coincidencia con la mencionada precandidatura, puesto que estuvo presente en la sesión del pleno del 5 de marzo de este año, y no se acreditó que la senadora haya destinado algún recurso público adicional para que se llevara a cabo la conferencia de prensa, ni tampoco que el personal a su cargo haya colaborado en la organización o desarrollo de la misma.
Por otra parte, se determinó inexistente la infracción consistente en actos anticipados de campaña atribuidos a Armenta, también senador y entonces precandidato, al haber compartido en su perfil de Twitter, la publicación que realizó la servidora pública en esa misma red social, ello en función de que su contenido no evidenció algún llamamiento expreso a apoyarlo en la contienda interna.
Por tanto, se consideró que la senadora y el entonces precandidato a la gubernatura de Puebla, no actualizaron alguna infracción en materia electoral.
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