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LA SALA MONTERREY A FAVOR DEL DEBIDO PROCESO, AL CONFIRMAR QUE AL INICIO DE UN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR, DEBEN PRESENTARSE AL ACUSADO TODAS LAS PRUEBAS DEL EXPEDIENTE.

4 /julio /2019 / Sala Regional Monterrey 21/2019

Sala Regional Monterrey

 

 
El Pleno aprobó por unanimidad que al actor de un diverso juicio electoral, no le asistía la razón al considerar que la autoridad instructora no debía notificar a los denunciados la totalidad de las pruebas recabadas en el expediente, pues se debió garantizar una debida defensa de los sujetos denunciados y darle a conocer todas las pruebas, por lo que la determinación del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas que revocaba la resolución del Consejo General del Instituto Electoral local y ordenaba la reposición del procedimiento especial sancionador, es correcta.

En otro orden de ideas, los Magistrados confirmaron la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, que a su vez confirmaba la emitida por parte del Instituto Electoral de esa entidad, en la cual, determinaba inexistente la infracción consistente en uso indebido de recursos públicos, atribuida a Rómulo Garza Martínez y Belem Rosales Puente, como Titular y Delegada de la ciudad de Matamoros, de la Secretaría de Bienestar Social del Gobierno del Estado de Tamaulipas, respectivamente.


Durante la sesión, el Pleno resolvió 5 juicios electorales.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia federal encargada de impartir justicia electoral dentro de la segunda circunscripción electoral que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Está integrada por el magistrado Ernesto Camacho Ochoa, quien la preside, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho y el magistrado Yairsinio David García Ortiz.

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