Se modifican resoluciones del TECDMX relacionadas con la contratación del personal eventual de apoyo a órganos desconcentrados del IECM
4 /noviembre /2019 / Sala Regional Ciudad de México 59/2019
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó, por unanimidad de votos, las resoluciones del Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) relativas a la contratación del personal eventual para apoyar a los órganos desconcentrados del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) en las actividades en torno a la elección de los Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos y la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo.
Al resolver los juicios electorales SCM-JE-80/2019 y acumulados, SCM-JE-81/2019 y acumulados, SCM-JE-83/2019 y acumulados, así como SCM-JE-86/2019 y acumulado, el Pleno estimó infundado el agravio de la parte actora respecto a la petición del pago de los dos meses de retribución, derivado de la modificación del plazo del contrato; ello en razón de que dicha situación jurídica está relacionada con la determinación a la que se vinculó al Consejo General del IECM que emitiera. Por lo tanto, la parte actora, en caso de estimar que el acuerdo materia de pronunciamiento del citado Consejo continúa perjudicándole en sus derechos, podrá promover ante la autoridad correspondiente la acción que estime adecuada.
En otro de los agravios, la Sala Regional determinó que sí le asiste razón a la parte actora, debido a que el Tribunal local vulneró el principio de exhaustividad al no pronunciarse sobre la totalidad de las prestaciones descritas en la demanda local, entre estas, el reconocimiento del vínculo laboral, la inscripción al régimen de seguridad social y, en algunos casos, el pago de las cuotas correspondientes de forma retroactiva.
En consecuencia, este órgano jurisdiccional modificó las resoluciones impugnadas para que el TECDMX se pronuncie sobre todos los planteamientos de las demandas de los juicios locales, a través de la vía que estime acertada y resuelva lo que en Derecho proceda.